La incapacidad temporal, conocida popularmente como baja laboral, es el período de tiempo que se otorga a un trabajador durante el cual puede ausentarse de la empresa. Esta situación se genera cuando el usuario sufre, por accidente o enfermedad, una disminución de su capacidad para desempeñar las funciones básicas en su puesto de trabajo.
En el Estatuto de los Trabajadores se contemplan todos los motivos que pueden dar derecho a una incapacidad temporal. Asimismo, también se establecen los días que pertenecen a cada trabajador por hospitalización.
Días de baja laboral por hospitalización
El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, se explica cuáles son los derechos de los trabajadores que deben solicitar días libres por hospitalización o intervención quirúrgica.
Según la legislación vigente, establecida en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los trabajadores en España tienen derecho a un total de 5 días por «accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad».
En esta normativa, también se incluyen días de baja laboral por la hospitalización o intervención quirúrgica de:
- Familiar consanguíneo de la pareja a de hecho.
- Otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.
Asimismo, en el Estatuto de los Trabajadores se establecen «dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad».
En caso de que el familiar tenga que ser hospitalizado por el mismo motivo varias veces, los expertos afirman que supone un hecho causante diferente, por lo que da derecho a permisos sucesivos. No obstante, lo se puede extender la incapacidad temporal más de 5 días.
¿Cuánto cobra un trabajador por una baja laboral?
Dependiendo de la causa que haya propiciado la baja laboral, en España se contemplan dos formas de cobrar la incapacidad temporal:
- Por enfermedad o accidente común:
- Los 3 primeros días corren a cuenta del trabajador = 0 €.
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- Del 4º al 20º día se percibe el 60% del salario (con inclusión de pagas extraordinarias prorrateadas).
- Del 21º en adelante se percibe el 75% del salario (con inclusión de pagas extraordinarias prorrateadas).
- Por enfermedad o accidente profesional: El 75% a partir del primer día (con inclusión de pagas extraordinarias).
No obstante, te recomendamos que revises el convenio firmado con tu empresa. En muchas ocasiones, estos cambian dependiendo de la normativa de la empresa, así que lo mejor es guiarnos por este documento.