El próximo domingo 22 de diciembre se celebrará el mítico sorteo de la Lotería de Navidad. Siempre soñamos con que nos toque, pero, ¿somos conscientes de que si nos toca el ‘gordo’, o cualquier otro premio, deberemos de declararlo ante Hacienda?
En este sentido, debemos de tener en cuenta que un premio que supere los 40.000 euros está obligado a tributar, tal y como fijó Hacienda en 2020. Por tanto, están exentos de retención los premios iguales o por debajo de esa cifra. Este tipo de gravamen especial se aplica a los premios de las Loterías y Apuestas del Estado, comunidades autónomas, la Organización Nacional de Ciegos Españoles y Cruz Roja Española, como indica la Agencia Tributaria.
¿Cuánto se queda Hacienda de los premios de la lotería?
La propia Agencia Tributaria señala que Hacienda aplica un gravamen del 20% sobre la cuantía que supere la cantidad exenta. Pero así dicho, suena un poco a chino, a si que vamos a mostrar varios ejemplos prácticos para entenderlo mejor. Para el primer premio, de 400.000 euros al décimo, la retención se aplicaría sobre 360.000 euros, ya que los primeros 40.000 euros están exentos. Así, Hacienda retendría el 20% de esos 360.000 euros, que son 72.000 euros, y la persona afortunada finalmente se quedaría con 328.000 euros netos.
Y esta será la misma fórmula que se aplique a todos. Si nos tocase un segundo premio, es de 125.000 euros al décimo, por lo que el 20% se aplicaría sobre 85.000 euros, ya que los primeros 40.000 euros están exentos. Por tanto, Hacienda se acabaría llevando 17.000 euros y la persona afortunada,108.000 euros. Lo mismo va a ocurrir con el tercer premio, de 50.000 euros al décimo. El ganador se quedaría con 48.000 euros y Hacienda retendría 2.000 euros.
Desde la Agencia Tributaria señalan que los premios que se reciben con la a Lotería de Navidad, y el resto de Loterías y Apuestas del Estado, tiene una tributación «más favorable» para el ganador que en otro tipo de juegos. Aitor Fernández, experto fiscal de TaxDown, explica a RTVE que «si se gana un premio en un concurso de televisión o en apuestas deportivas, el tipo es progresivo y cuanto más ganas, más tributas. En esos casos, puede llegar hasta el 50% del total».
¿Tengo que declarar el IRPF del premio? Esto dice Hacienda
En caso de que una persona física reciba el premio, la normativa dice que no es obligatorio que presente una autoliquidación ni que lo incluya en su declaración de la renta, ya que ya habrá soportado la retención correspondiente, como indica la Asociación Española de Asesores Fiscales. En caso de que el premio sea de 40.000 euros o menos, y no tenga retención, tampoco deberá de presentarlo en su renta.
Desde RTVE aseguran que «los premios de la Lotería de Navidad no se incluyen en la base imponible del IRPF y, por tanto, no habrá que pagar nada por ellos en la declaración de la renta».
Sin embargo, si hay algunos casos en los que se deben de declarar, que van a estar relacionado por si se generan rendimientos derivados de ese dinero. Por ejemplo, si se mantiene en la cuenta del banco o se realiza alguna inversión, pues debe de incluirse en la declaración.