La pensión de incapacidad permanente total es un tipo de pensión contributiva de invalidez. Este tipo de pensión inhabilita al trabajador para desarrollar su profesión habitual, aunque puede ser compatible con el desarrollo de otras actividades laborales que no entren en conflicto con el grado de incapacidad reconocido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Así, la incapacidad permanente total puede derivar de accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad profesional o enfermedad común. El hecho causante es clave para determinar la base reguladora del trabajador y para los requisitos exigidos por la Seguridad Social.
Base reguladora en la incapacidad permanente total
Por norma general, el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total implica la percepción de una pensión del 55% de la base reguladora del trabajador. Así lo recoge la normativa del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Sin embargo, el porcentaje de la base reguladora puede llegar hasta un 75%. Para ello, la persona beneficiaria debe encontrarse en paro y tener 55 años o más. Esta situación se denomina incapacidad permanente total cualificada.
En caso de que una persona beneficiaria de una incapacidad permanente total cualificada inicie un trabajo compatible con la pensión de invalidez, debe comunicarlo al INSS. A partir de ahí, no perderá el derecho a percibir la pensión pero si volverá a tener una cuantía del 55% de la base reguladora.
Con todo ello, los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ aclaran que existe una forma más de cobrar la incapacidad permanente total. Consiste en recibir todo el dinero que corresponda en un ‘ingreso único‘.
Sin embargo, este grupo de expertos matiza que «esta opción está sujeta a unas condiciones específicas y el montante final (número de mensualidades que componen esta indemnización a tanto alzado) varía según la edad del solicitante».
Pensión máxima
Hay que tener en cuenta que el Gobierno de España establece cada año la cuantía de pensión máxima que se puede percibir del sistema español. Este importe de pensión máxima afecta a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares.
De esta forma, el importe de pensión máxima en 2023 es de 3.059 euros al mes. Es decir, se trata de una cuantía anual de 42.829 euros, devengadas en 14 pagas durante el año.
En este sentido, es preciso matizar que las pensiones de incapacidad permanente derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional se devengan en 12 pagas durante el año, ya que las pagas extraordinarias se encuentran prorrateadas. Así lo establece la normativa de la Seguridad Social.
Por tanto, la pensión máxima que se puede cobrar por una incapacidad permanente total en España es de 3.059 euros al mes, que es la cuantía máxima para todas las pensiones contributivas del sistema español.
Sin embargo, es prácticamente imposible que una persona alcance la cuantía de pensión máxima con una incapacidad permanente total, ya que para ello sería necesario tener derecho a un 100% de la base reguladora.
Desde ‘CampmanyAbogados’ argumentan que «una vez calculada la base reguladora, se aplica un porcentaje según el grado de incapacidad reconocido, y la cuantía resultante será la pensión a percibir -restándole la retención del IRPF si se trata de una incapacidad total, ya que la absoluta y la gran invalidez se cobran íntegras-«.