¿Cuánto se cobra por la Ley de la Dependencia?

Según el tipo de prestación, podrá cobrar dede 153 euros el Grado I de dependencia, hasta solicitar una plaza en una residencia

Persona dependiente ley dependencia

Un cuidador junto a una persona dependiente

La Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, más conocida como La Ley de la dependencia, reconoce varios tipos de ayudas para la persona con dependencia que la solicita.

Tipos de ayudas

Estas ayudas pueden ser de tipo económica o mediante prestación de servicios. Por ejemplo, la persona tiene la posibilidad de pedir ayuda para poder llevar a cabo las actividades de la vida diaria, de acudir a un centro de día y la opción de obtener una plaza pública en un centro residencial. Solo podrás tener la opción de elegir una ayuda entre ambas. Si eliges una, se le retiran las otras.

La Ley prevé también conceder al solicitante la Prestación Económica vinculada al Servicio (PVS), más conocida como el cheque servicio, por el que la persona a la que se proporciona esta prestación buscará en el sector privado el recurso que más se adecúe a sus necesidades. La Comunidad autónoma, en la que resida, le ayudará a financiar su coste, mediante una ayuda económica mensual, cuyo importe dependerá del grado de dependencia y de los recursos económicos con los que cuente esta persona.

En el caso de solicitar una ayuda económica para contribuir a los gastos originados para que esa persona sea cuidada en el entorno familiar, se debe probar que el individuo está recibiendo estos cuidados desde, al menos, un año antes. Además, el cuidador debe estar empadronado en el domicilio del paciente.

Prestaciones

Económicas

La cuantía económica, que dependerá del grado de dependencia, oscilará entre unos 387,64 euros, que corresponde a la prestación máxima, si la persona tiene un grado III, y 153 euros, que es la subvención mínima y corresponde a un grado I.

El plazo para recibir esta prestación económica debe ser como máximo de dos años (plazo suspensivo) que comienza a contar desde la fecha en que finaliza el Programa Individual de Atención (PIA). En este informe, elaborado por los Servicios Sociales, se determina el servicio o la prestación económica más adecuada para que la persona reciba los cuidados necesarios.

Esta prestación solo es compatible con el servicio de teleasistencia y con los servicios de prevención y promoción de la autonomía personal.

Prestación vinculada al servicio

Se trata de una prestación económica cuya finalidad es contribuir a financiar el coste de que esa persona sea atendida en una residencia, en un centro de día o para contratar a una persona que le cuide en su domicilio, según se haya determinado en el Programa Individual de Atención (PIA).

El usuario se encargará de elegir la organización privada que se ocupará de prestar ese servicio. La cuantía económica de esta ayuda se establecerá en función del coste del servicio, del grado de dependencia que tenga esa persona y de su situación económica

La cuantía máxima que puede recibir una persona con un grado III de discapacidad es de 715,07 al mes y la mínima, que correspondería a un grado I, es de 300 euros al mes.

 Prestación económica de asistencia personal

Esta asignación servirá para poder contratar a un cuidador profesional. Esta persona no podrá ser cónyuge ni pariente de la persona beneficiaria hasta el tercer grado por consanguinidad.

La persona podrá contratar al cuidador a través de una empresa debidamente autorizada por la Comunidad Autónoma en la que vive esa persona. El cuidador profesional también puede ser una persona que esté dada de alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social.

La cuantía máxima oscila entre los 715,05 euros al mes, que podría recibir una persona con grado III, o los 300 euros de una persona con grado I.

Esta prestación solo es compatible con el servicio de teleasistencia y promoción de la autonomía personal.

Otra opción que tienen las personas dependientes es solicitar una plaza en un residencia pública. Para solicitar una plaza, hay que seguir los pasos que establece la Ley de la dependencia.

Fuente: Sanitas

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