¿Cuánto se cobra por la incapacidad permanente parcial?

La incapacidad permanente consiste realmente en la percepción de una indemnización que se realiza mediante un pago único

Incapacidad permanente parcial

La incapacidad permanente parcial es un poco diferente al resto de grados que se pueden reconocer por parte de la Seguridad Social. Sin embargo, mantiene aspectos comunes con los otros grados, como requisitos o personas beneficiarias.

En concreto, la incapacidad permanente parcial no se trata de una pensión como tal, aunque muchas veces se hable de pensión de incapacidad permanente parcial. Sin embargo, consiste en una indemnización que se cobra a través de un pago único.

Además, es el grado de invalidez de nivel más bajo reconocido por la Seguridad Social o la Justicia a causa de la lesión o enfermedad acreditada por pate del trabajador; la cual supone una merma parcial para la realización de su actividad laboral.

Tipos de incapacidad permanente

Antes de conoces más datos sobre la modalidad parcial, es necesario explicar brevemente en que consiste cada uno de los grados de incapacidad permanente que se le puede reconocer a un trabajador en España:

Así, en una incapacidad permanente parcial, la persona beneficiaria no recibe una pensión con diferentes mensualidades por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social o la mutua.

Invalidez parcial

Así, la incapacidad parcial no implica dejar el puesto de trabajo habitual y no supone la extinción del contrato con la empresa. Es decir, la persona beneficiaria puede percibir la indemnización que corresponda y continuar ejerciendo su profesión en el mismo empleo.

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Trabajador en silla de ruedas

Por tanto, un aspecto clave de la invalidez parcial es que es compatible con cualquier tipo de trabajo, tanto con la profesión habitual como con otro tipo de tareas laborales.

Cuantía de la incapacidad permanente parcial

Cómo hemos aclarado anteriormente, la incapacidad parcial no conlleva la percepción de una pensión, si no el cobro de una indemnización con pago único. Así, para calcular la cuantía de dicha indemnización, siempre será equivalente a la suma de 24 mensualidades de la base reguladora de la persona solicitante.

El montante económico que resulte será abonado una vez notificada la concesión de invalidez, pero solamente a través de un pago único. Además, desde ‘Campmany Abogados’ explican que la cuantía que se ingresa por incapacidad permanente parcial no responde al baremo de lesiones permanentes no invalidantes.

Por otra parte, para las personas con 65 años o más, hay garantizadas unas cuantías mínimas en caso de incapacidad parcial, siempre al amparo de la ley.

Es decir, un trabajador con 45 años y con derecho a una incapacidad parcial recibirá una indemnización de 24.000 euros en caso de tener una base reguladora de 1.000 euros. Es decir, 24 mensualidades multiplicadas por 1.000 euros.

Finalmente, es necesario aportar que este tipo de prestaciones está sujeta a tributación en los términos establecidos en las normas reguladoras del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

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