¿Cuánto se cobra durante la prórroga de la baja médica por incapacidad temporal?

Expertos explican qué ocurre con la cuantía de la prestación de incapacidad temporal a partir del cumplimiento de un año de baja médica

Incapacidad temporal./ Foto de Canva

La baja médica por incapacidad temporal es una situación en la que el trabajador no se encuentra en condiciones para realizar las funciones propias de su trabajo, debido a una enfermedad o lesión. Normalmente, esta situación es temporal, por lo que el trabajador debe regresar a su puesto de empleo tras recibir el alta médica. A veces, la incapacidad temporal también puede derivar en el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente.

Por norma general, la baja médica por incapacidad temporal tiene una duración máxima de 12 meses (un año). Antes de cumplir el año de baja médica, es habitual que la Seguridad Social cite al trabajador para analizar su situación. Tras esta revisión, pueden darse varios escenarios:

Con todo ello, muchas personas se preguntan qué ocurre con la prestación de incapacidad temporal después del año de baja médica. Aspectos claves, como quién se encarga del control de la baja médica o la cuantía a percibir.

Cuantía en prórroga de incapacidad temporal

Recibir una prórroga de 180 días de baja médica por incapacidad temporal no provoca una variación de la cuantía a percibir. Es decir, se continúa recibiendo una prestación de incapacidad temporal del 75% de la base reguladora. Además, si la empresa tuviera algún tipo de convenio, se puede complementar hasta el 100% de la base reguladora.

Baja médica por incapacidad temporal./ Foto de Canva
Baja médica./ Foto de Canva

En el caso de Convenio, hay que tener en cuenta un elemento clave. Muchos de estos convenios especifican que complementan hasta el 100% de la base reguladora durante el primer año de baja médica por incapacidad temporal. Por tanto, en estos casos, al acceder a la prórroga de baja laboral, la cuantía a percibir podría rebajarse al 75% de la base reguladora.

¿Quién paga después de un año?

Otro aspecto importante que preocupa a los trabajadores, es quién se encarga de pagar la prestación de incapacidad temporal después de un año de baja médica. Los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ argumentan que «tras 12 meses de incapacidad temporal, finaliza el pago delegado de la empresa. Si la causa de tu baja es un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, ahora te pagará directamente la mutua. O la propia Seguridad Social si la contingencia es enfermedad común o accidente no laboral».

Hasta el cumplimiento del año de baja médica, el abono de la incapacidad temporal se lleva a cabo por parte de la empresa, aunque el dinero procediera del Instituto Nacional de la Seguridad Social o la mutua. A partir de la prórroga con el cumplimiento de un año, ya no habrá intermediarios en el pago de la prestación de incapacidad temporal.

Como conclusión, los expertos de ‘CampmanyAbogados‘ ofrecen un consejo a los ciudadanos: «Si tu pagador es el Instituto Nacional de la Seguridad Social, para evitar posibles retrasos, puedes solicitar el pago directo tú mismo». El pago directo se puede solicitar de forma online en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

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