Con la entrada del nuevo año las personas que reciben una pensión está atentos de saber cual va a ser el aumento que trae bajo el brazo el 2025. El Gobierno ya ha oficializado que las pensiones de tipo contributiva van a tener un aumento del 2,8% para el año que viene, pero en el caso de las pensiones no contributivas, su aumento va a ser más superior, ya que va a alcanzar el 14%, aunque todavía no es oficial.
Debemos de tener en cuenta que las pensiones no contributivas son gestionadas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO, y que existen de dos tipos:
- Pensiones no contributivas de invalidez: dirigidas a las personas con discapacidad
- Pensiones no contributivas de jubilación: dirigidas a las personas mayores de 65 años
En este artículo vamos a hablar de la pensión no contributiva de invalidez, que «asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva».
Cuantía máxima de la pensión no contributiva de invalidez en 2025
Con el aumento del 14% que estamos comentando, la cuantía integra de la pensión no contributiva de invalidez va a pasar de los 7.250,60 euros anuales, divididos en 14 pagas (12 mensuales y dos pagas extras) de 517,90 euros de 2024 a los 8.265,68 euros anuales, que, a su vez, se dividirán en 14 pagas de 590,41 euros, para 2025. Un aumento considerable, de más de 70 euros por paga, que al final de año se traduce en más de 1.000 euros
Pero va a existir la posibilidad de recibir hasta 12.398,53 euros al año con esta pensión. Las personas que reciben la pensión no contributiva de invalidez cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 8.265,68 euros anuales, por lo que el importe de ese complemento queda fijado en 4.132,84 anuales. Por lo que el total de esta pensión integra con incremento del 50% es de 12.398,53 euros, que se dividirán en 14 pagas de 885,61 euros.
Desde el IMSERSO apuntan que la cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece a partir del citado importe y en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida. En el caso de la cuantía mínima del 25%, para 2024 estaba fijada en 1.812,65 euros anuales, que se dividían en 14 pagas de 129,48 euros. De cara al nuevo año, y con la subida que hemos mencionado a lo largo del texto, la cuantía de esta pensión no contributiva de jubilación mínima del 25% será de 2.066,42 euros, que se reparte en 14 pagas de 147,6 euros.
Requisitos para acceder a la pensión no contributiva de invalidez
Desde el IMSERSO señalan que las personas que quieran ser beneficiarios de la pensión no contributiva de invalidez van a tener que cumplir con 4 premisas claves que vamos a explicar ahora mismo.
El primero de ellos es la edad, y es que la persona interesada en recibir esta prestación debe de tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco en la fecha de la solicitud. Con respecto a la residencia, que es el segundo punto, el interesado debe residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
Como es obvio, el tercer elemento y el más importante, es que la persona debe de tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Por último, como cuarto punto, existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, para 2024, sean inferiores a 7.250,60 euros anuales. En 2025, dicha cifra aumentará hasta los 8.265,68 euros anuales. Eso sí, debemos de tener en cuenta que este aspecto económico va a depender de los miembros de su unidad económica de convivencia y las rentas que perciban, como explica el IMSERSO en su web.