El Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO, es el organismo que se encarga de la gestión de las pensiones no contributivas, ya sea de invalidez o de jubilación, que han sufrido una subida del 9% de cara a 2025. Debemos de tener en cuenta que estas pensiones son muy recurridas por las personas con discapacidad, ya que la de invalidez está destinada a ese colectivo, que debe de cumplir unos criterios relacionados con el grado de discapacidad y con la edad de cada persona, hasta los 65 años.
Cuando la persona tenga más de 65 años, no podrá acceder a la pensión de invalidez, y la opción que ofrecen desde el IMSERSO es que esa persona acceda a la pensión no contributiva de jubilación. Es decir, si una persona con discapacidad no cumple con los requisitos para acceder a la pensión contributiva de jubilación, tendrá la opción, siempre y cuando cumpla los requisitos, de acceder a la pensión no contributiva de jubilación que pertenece al IMSERSO.
Cuantía de la pensión no contributiva de jubilación para 2025
Como bien hemos indicado, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ya ha recogido que la cuantía de la pensión no contributiva de jubilación va a tener un aumento en su cuantía del 9% en 2025. En este sentido, han destacado que la cuantía íntegra para 2025 va a ser de 7.905,80 euros anuales, que se dividen en 14 pagas de 564,70 euros.
Desde el IMSERSO apuntan que la cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece a partir del citado importe y en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida.
En este sentido, la cuantía mínima del 25% para 2025 va a quedar fijada en 1.976,45 euros anuales, que se dividen en 14 pagas de 141,18 euros.
Requisitos para acceder a la pensión no contributiva de jubilación en 2025
Desde el IMSERSO aseguran que la pensión no contributiva de jubilación «asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios».
Para acceder a esta prestación, las personas deben de cumplir una serie de requisitos entre los que encontramos los siguientes:
- Edad: las personas interesadas deben de tener 65 años o más.
- Residencia: estas personas mayores deben de residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Carecer de ingresos suficientes. En este sentido, existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2025, sean inferiores a 7.905,80 euros anuales. Por lo tanto, el IMSERSO ha informado de que esta cuantía mínima de ingresos que se solicita a las personas que reciben la pensión no contributiva de jubilación.
Desde el IMSERSO han asegurado que la pensión no contributiva de jubilación y la de invalidez son incompatibles.