Las personas con discapacidad encuentran mayores dificultades a la hora de acceder al mercado laboral, desgraciadamente. Por ello, también tienen menos posibilidades de realizar las cotizaciones suficientes para recibir una pensión de jubilación contributiva con una cuantía adecuada.
Debido a esta situación el sistema español ofrece diferentes alternativas para facilitar el acceso de las personas con discapacidad a una pensión de jubilación.
Además, las personas con discapacidad en España pueden acceder a la jubilación de forma anticipada, aunque este hecho depende en gran medida del grado de discapacidad acreditado.
Jubilación anticipada por discapacidad
Es posible obtener una jubilación anticipada por discapacidad, aunque para ello es clave cumplir una serie de requisitos específicos. Así, desde la Seguridad Social aclaran que es necesario tener reconocido un porcentaje mínimo de discapacidad.
En muchos casos las personas con discapacidad pueden acceder a la jubilación anticipada a los 56 años, aunque también existe la posibilidad de jubilarse a los 52 años.
Concretamente, las personas que cuentan con una discapacidad igual o superior al 45% pueden jubilarse en España a la edad de los 56 años; mientras que aquellas personas con un grado de discapacidad de más de 65% pueden jubilarse a los 52 años.
Años mínimos de cotización
Para poder acceder a una pensión de jubilación en España en condiciones generales, es necesario cumplir los requisitos de cotización. Si bien, estos requisitos varías en el caso de las personas con discapacidad.
La normativa de la Seguridad Social establece que para jubilarse de forma anticipada por discapacidad con un grado igual o superior al 45% es necesario cotizar al menos 15 años durante la vida laboral con dicha discapacidad.
Sin embargo, esta condición de cotización no se aplica en personas con discapacidad igual o superior al 65%. En esta situación será necesario acreditar al menos 15 años cotizados a lo largo de la vida laboral, aunque dichas cotizaciones de hayan realizado sin la discapacidad reconocida.
Lo que ocurre es que muchas personas con discapacidad no ha tenido la posibilidad de acumular ese mínimo de años cotizados exigidos. En este caso, la Seguridad Social ofrece una oportunidad al respecto. Es posible abonar de forma previa una cuota al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante un determinado número de años hasta completar las cotizaciones necesarias.
¿Qué pasa en el caso de los autónomos?
En el caso de los trabajadores autónomos también pueden acceder a la pensión de jubilación anticipada con un grado de discapacidad igual o superior al 45%. Sin embargo, los autónomos no pueden acceder a las condiciones de jubilación anticipada por discapacidad del 65% o más.
Se calcula igual que la jubilación ordinaria. Pero hay que tener en cuenta que el período de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación computa como cotizado pero solo a efectos de determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora para calcular la cuantía de la pensión. Tanto si hablamos de discapacidad del 45% como del 65%.
Por otra parte, si la persona con discapacidad en un grado del 65% acredita necesitar ayuda de una tercera persona para tareas cotidianas de la vida, aún puede adelantarse aún más la edad de jubilación. No obstante, el tope mínimo es haber cumplido los 52 años.