¿Cuándo se puede cobrar el 70% en la pensión de viudedad? La Seguridad Social lo aclara

Existen circunstancias personales por las que se puede cobrar una pensión de viudedad con una cuantía equivalente al 70% de la base reguladora

Pensión de viudedad./ Licencia Adobe Stock

Las personas que han mantenido un vínculo matrimonial o han sido pareja de hecho con una persona fallecida tienen la posibilidad de cobrar una pensión de viudedad de carácter contributivo.

Para ello, la persona fallecida debe reunir varios requisitos de cotización que generen el derecho a la pensión de viudedad. Igualmente, las personas potencialmente beneficiarias también deben cumplir con ciertos requisitos.

Hay que recordar que la pensión de viudedad forma parte de las pensiones contributivas de la Seguridad Social. Por tanto, las cuantías de estas pensiones se actualizan cada año en función del IPC (Índice de Precios al Consumo) del año anterior.

Cuantía del 70% en la pensión de viudedad

Para calcular la cuantía de la pensión de viudedad se utiliza el porcentaje de la base reguladora de la persona fallecida. Es decir, cuanto mayor fuese el salario o pensión de la persona fallecida, mayor será la cuantía de la pensión de viudedad.

Pensión de viudedad
Pensión de viudedad./ Licencia Adobe Stock

Desde la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) matizan que «si el fallecido era pensionista, se toma la base reguladora que sirvió en su día para calcular su pensión de jubilación, pero añadiéndose las revalorizaciones que hubiera experimentado esa cantidad desde la fecha en que se concedió la pensión original».

Por lo general, la cuantía de la pensión de viudedad es del 52% de la base reguladora de la persona fallecida. Sin embargo, ese porcentaje puede aumentar en función de las circunstancias personales de la persona viuda.

Así, el importe puede ser equivalente al 60% de la base reguladora en caso de que la persona viuda tenga más de 65 años y carezca de otros ingresos por trabajo o pensiones públicas.

Además, la cuantía de la pensión de viudedad también puede ser equivalente al 70% de la base reguladora de la persona fallecida. Para ello, es necesario que la persona beneficiaria tenga cargas familiares y cumpla con los requisitos de límite de ingresos.

Por otra parte, las personas beneficiarias de la pensión de viudedad también pueden cobrar el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Un complemento destinado a los pensionistas que acreditan haber sufrido un perjuicio en su carrera de cotización en los periodos posteriores al nacimiento de uno o varios hijos.

En 2024, la cuantía del complemento para reducir la brecha de género en las pensiones es de 33,40 euros al mes por cada hijo con el que se cumplan los requisitos.

Derecho a la pensión de viudedad

Teniendo en cuenta todo lo expuesto anteriormente, es necesario resaltar que las cuantías de las pensiones contributivas de viudedad se han revalorizado en un 3,8% en 2024.

Por otro lado, las pensiones mínimas de viudedad se han revalorizado en un 6,9%; mientras que la pensión mínima de viudedad para personas con cargas familiares se ha revalorizado en un 14%. Así lo ha aprobado el Gobierno de España para el año 2024.

Es importante tener en consideración que el derecho a cobrar la pensión de viudedad no prescribe, aunque no es conveniente que se retrase la solicitud. Y es que en la actualidad, la Seguridad Social solamente concede tres mensualidades de pensión máxima con carácter retroactivo.

Así, para solicitar la pensión contributiva de viudedad es necesario presentar el correspondiente modelo de solicitud y los documentos requeridos por la Seguridad Social. Entre otros documentos indispensables, se debe presentar el certificado de defunción de la persona fallecida y generadora de la pensión de viudedad.

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