Cuándo es preferible elegir la jubilación por delante de la incapacidad permanente

La pensión de jubilación y la pensión de incapacidad permanente son compatibles si proceden del mismo Régimen de la Seguridad Social

Elegir la jubilación por delante de la incapacidad permanente./ Licencia Adobe Stock

La pensión de incapacidad permanente, a priori, tiene carácter vitalicio. Sin embargo, existen diferentes situaciones por las que se puede dejar de cobrar la pensión de incapacidad. Una de ellas es por la incompatibilidad con la pensión de jubilación.

Desde la Administración dejan claro que las pensiones de incapacidad permanente y las pensiones de jubilación son incompatibles, en caso de que ambas respondan al mismo Régimen de la Seguridad Social.

¿Pensión de jubilación o pensión de incapacidad permanente?

Por lo general, son muchas las personas que cobran una incapacidad permanente y al alcanzar la edad de jubilación ordinaria también ha reunido los requisitos necesarios para cobrar una pensión de jubilación.

Elegir la jubilación por delante de la incapacidad permanente
Elegir la jubilación por delante de la incapacidad permanente./ Licencia Adobe Stock

Para tener derecho a percibir una pensión contributiva de jubilación es necesario haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social. Si bien, con solo 15 años cotizados, al ciudadano le corresponderá una cuantía equivalente al 50% de la base reguladora en su pensión de jubilación.

No existe un procedimiento específico que determine qué pensión debe elegir cada ciudadano en una situación como esta. Los expertos en incapacidad laboral explican que cada caso debe analizar de manera particular teniendo en cuenta una serie de factores claves.

Indudablemente, el factor fundamental se encuentra en la cuantía económica que corresponde recibir al trabajador por cada una de estas pensiones. No obstante, también es posible tener en consideración otros elementos influyentes.

Ante cualquier duda sobre seguir cobrando la pensión de incapacidad permanente o pasar a percibir la pensión de jubilación, es recomendable consultar a un especialista. Es una decisión importante, ya que será la pensión contributiva que percibirá la persona beneficiaria durante el resto de su vida.

Sea cual sea la decisión, a partir del cumplimiento de la edad de jubilación, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ya no podrá revisar la pensión de incapacidad permanente de un ciudadano.

Factores que influyen en la decisión

Tal y como hemos comentado anteriormente, existen diferentes factores que influyen a la hora de tomar una decisión cuando se tiene derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente y una pensión de jubilación, y solamente se puede percibir una de ellas.

Un factor fundamental es el grado de incapacidad permanente reconocido al ciudadano y el porcentaje de base reguladora que le corresponde cobrar por dicha pensión de incapacidad permanente. La cuantía que le corresponde por la pensión de jubilación también es un elemento imprescindible

Por otro lado, hay que tener en cuenta que las pensiones de incapacidad permanente absoluta y las pensiones de Gran Invalidez se encuentran exentas de tributar al IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Es otro de los aspectos que se deben considerar antes de tomar una decisión.

Generalmente, si una persona es beneficiaria de una incapacidad permanente absoluta o Gran Invalidez, lo más apropiado será seguir cobrando dicha pensión, ya que la pensión de jubilación tendrá una cuantía menor o como mínimo igual.

Sin embargo, en el caso de que el ciudadano sea beneficiario de una incapacidad permanente total, dependerá del porcentaje de base reguladora que le corresponda en la pensión de jubilación. Por ello, los expertos recomiendan estudiar cada caso de manera particular.

En cualquier caso, si el ciudadano decide seguir percibiendo la pensión de incapacidad permanente, a partir de ese momento pasará a tener consideración de pensión de jubilación a efectos de la Seguridad Social.

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