La situación de baja médica por incapacidad temporal puede surgir debido a un accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad profesional o enfermedad común. Así, suele tener una duración limitada, que finaliza con el alta médica o con el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente.
Por norma general, cuando una persona recibe el alta médica, tiene la obligación de volver a su puesto de trabajo con total normalidad. Sin embargo, la incapacidad temporal también puede derivar en el reconocimiento de una incapacidad temporal.
La baja médica por incapacidad temporal es una situación en la que el trabajador se encuentra inhabilitado para desarrollar su actividad laboral, debido a una serie lesiones o enfermedades. Así, el periodo de baja laboral tiene como objetivo que el trabajador se recupere de dichas dolencias, algo que no siempre llega a suceder.
Llamada del Tribunal Médico en la incapacidad temporal
Una situación de baja médica por incapacidad temporal puede tener una duración máxima de hasta dos años. Sin embargo, cuando se cumple un año de baja laboral llegamos a un punto de inflexión clave.
Cumplir 365 días de baja médica es una especie de alarma para el Tribunal Médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que procede a citar al trabajador para analizar su situación. Normalmente, esta citación se produce días antes de cumplir el año en situación de incapacidad temporal.
Después de este análisis presencial con el Tribunal Médico del INSS se abren varias posibilidades. Es posible obtener el alta médica y volver al puesto de trabajo, ser propuesto para una incapacidad permanente o conseguir una prórroga de seis meses más de incapacidad temporal, hasta completar 545 días.
Si se cumplen 545 días de baja médica puede tener lugar una segunda citación del INSS, en el que se declare el alta médica, se reconozca una incapacidad permanente o se establezca una última prórroga hasta cumplir dos años de incapacidad temporal. Una prórroga hasta cumplir los dos años de baja médica es una situación excepcional.
¿Qué pasa tras un año de baja médica?
En algunos casos, cuando se cumple un año de baja médica por incapacidad temporal cambia la cuantía a percibir en la prestación, aunque en otras situaciones no se da.
Al respecto, los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ exponen que «si tu empresa no colaboraba en el abono de tu incapacidad temporal complementando el 75% con un complemento económico, continuarás entonces percibiendo la misma cantidad -ese 75%-. Pero si lo hacía, mantendrá ese abono por su parte, razón por la que seguirás disfrutando del 100% (ya que lo normal es que ellos aporten el 25% que falta). Por tanto, en cualquiera de estas dos circunstancias seguirás cobrando un importe idéntico».
Sin embargo, puede darse el caso de que algunas empresas tengan limitado el plazo en el que realizan el desembolso extra en la prestación de baja médica. Si así se establece más allá del año en situación de incapacidad temporal, el beneficiario podría pasar de cobrar el 100% al 75%.
Como conclusión, debemos tener en cuenta que a partir de los 12 meses de incapacidad temporal, la empresa dejará de ser intermediaria en la percepción de la baja médica. Desde ese momento, la situación es responsabilidad de la Seguridad Social.