¿Cuándo es obligatorio poner un ascensor en una comunidad de propietarios?

Aspectos a tener en cuenta para que un edificio comunitario tenga la obligación de instalar un ascensor

Silla de ruedas ante una escaleras

En un futuro no muy lejano es muy probable que la pregunta sobre cuándo es obligatorio la instalación de un ascensor en una comunidad de propietarios, deje de existir, pues todos los edificios y nuevas construcciones dispondrán de él, ¿no crees?

En la actualidad la situación es distinta, ya que todavía hay muchas viviendas, la mayoría antiguas, que no disponen de un elevador, suponiendo para sus propietarios una dificultad,  especialmente para aquellos vecinos de cierta edad o con algún problema de movilidad. Vamos a ver en qué circunstancias es imprescindible actualizar la zona común de la vivienda para solventar estos aspectos.

Obligatorio en qué situaciones:

Desde junio de 2013, la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, publicada en el BOE (Boletín Oficial del Estado) y actualizada en 2015, estableció algunas reformas en la Ley de propiedad Horizontal, que decreta que es obligatorio instalar un ascensor en una comunidad de propietarios en las siguientes situaciones:

Instalación de un ascensor: aspectos a tener en cuenta

A la hora de llevar a cabo una instalación de un ascensor en un vecindario hay varias cuestiones que se deben tener en cuenta antes, además de tratarlas en las reuniones de la comunidad. Destacamos algunas muy comunes como:

Subvenciones

Tras esta información sobre cuándo es obligatorio poner un ascensor en una vivienda, es importante resaltar que existen subvenciones de las Comunidades Autónomas que afrontan ciertos gastos de la instalación, y que únicamente es necesario presentar la solicitud en la comunidad a la que pertenezca la vivienda.

Por último, destacar que los beneficios de instalar un ascensor en la comunidad de vecinos son muy importantes, pues es aportar calidad de vida a todos los propietarios y, además, aumentar y revalorizar la vivienda, ya que disponer de un ascensor en el edificio encarece el precio de venta en beneficio del propietario. Es una inversión de futuro, tanto personal en cuanto a movilidad y accesibilidad, como económico.

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