¿Cuándo concluye el plazo de presentación de solicitudes del IMSERSO para 2025?

El IMSERSO desde y hasta cuando se puede presentar el plazo de presentación de solicitudes para su Programa de Turismo

El IMSERSO señala hasta cuando se puede presentar la solicitudes para su Programa de Turismo

El Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido popularmente como IMSERSO, sigue trabajando en la preparación de la temporada 2024/25, que comenzó el pasado 1 de julio, cuando se abrió oficialmente el plazo para la presentación de solicitudes. Estos viajes para personas mayores, jubilados y pensionistas destacan por tener un precio reducido, ofreciendo la posibilidad de viajar a grandes destinos nacionales.

De hecho, el IMSERSO señala que los dos objetivos que tiene estos viajes son los siguientes:

¿Cuándo concluye el plazo de presentación de solicitudes del IMSERSO?

Como bien hemos indiciado, el plazo de presentación de solicitudes para la temporada 2024-2025 se va a extender del lunes 1 de julio de 2024 al lunes 22 de julio de 2024, ambos días incluidos. Así que las personas interesadas podrán presentar su solicitud para los viajes del IMSERSO hasta el lunes 22 de junio.

El IMSERSO explica como funciona sus sistema de valoración de solicitudes
El IMSERSO señala hasta cuando se puede presentar la solicitudes para su Programa de Turismo

Para la cumplimentación y presentación de estas nuevas solicitudes de participación en este programa para la temporada 2024-2025, se dispone de los siguientes medios:

Ya he estado acreditado en los viajes del IMSERSO, ¿qué pasa conmigo?

En el caso de las personas que ya han viajado con el IMSERSO, se recoge que debería de recibir para su participación en el Programa de Turismo las cartas de renovación incluyendo los impresos de modificación de datos, con objeto de que, si procede, comuniquen las variaciones en los mismos para participar en la próxima temporada 2024-2025. Los impresos de modificación de datos contienen la siguiente información:

Si los datos no han variado y se consideran correctos, no es preciso que realice ninguna actuación y no hay que remitir el impreso cumplimentado. Si los datos no son correctos o han cambiado, debe remitirse el impreso de solicitud cumplimentado.

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