Jose Luis Escrivá, actual ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha anunciado cambios al respecto con el acceso de las personas con discapacidad a la jubilación anticipada. Y es que el objetivo es descender el número de años que deben de cotizar. Para ello ofrecen más facilidades a este colectivo que siempre se encuentra con barreras a la hora de acceder al mercado del empleo.
Aunque todavía no se ha recogido la decisión en el Boletín Oficial del Estado (BOE), será cuestión de tiempo que se recoja la idea del Gobierno de Pedro Sánchez. De esta manera espera que un mayor número de ciudadanos con discapacidad podrá acceder a la modalidad de jubilación anticipada en España.
A continuación vamos a comentar lo que dice la norma cuando una persona con discapacidad puede acceder a la jubilación. Para ello debemos de tener en cuenta que lo más importante va a ser el grado de discapacidad que tenga. Y es que dependiendo de esto, la persona podrá recibir antes o después la pensión de jubilación, así como deberá de cumplir uno u otros requisitos.
¿Cuándo pueden acceder a la jubilación las personas con discapacidad?
Como hemos indicado, el grado de discapacidad va a ser el elemento que va a decidir cuando una persona puede acceder a la jubilación. Y es que dependiendo de esto, pues habrá una rebaja o no de los años. En este caso vamos a diferenciar entre tres grupos de discapacidad en función al grado:
- Igual o superior al 45 %
- Igual o superior al 65 %
Las personas que tengan un grado de discapacidad igual o inferior al 33 % tendrán las mismas condiciones a la hora de jubilarse que el resto de trabajadores, sin ningún tipo de facilidad.
Si atendemos a la norma actual, sin los cambios propuestos, las personas con discapacidad podrán acceder a la jubilación anticipada a los 52 o 56 años. Esto dependerá del grado de discapacidad que tengan. En el caso de las personas que tengan una discapacidad igual o superior al 45%, podrán acceder a la jubilación anticipada a los 56 años. Si hablamos de las personas con discapacidad igual o superior al 65%, podrán hacerlo a los 52 años.
Así va a cambiar la jubilación anticipada de las personas con discapacidad
Ahora mismo, la norma recoge que una persona con discapacidad tienen derecho a una reducción en la edad de jubilación en un periodo equivalente al que resulte de multiplicar por 0,25 el tiempo efectivamente trabajado. Habrá que multiplicar por 0,50 en los casos en que el trabajador además acredite la necesidad de otra persona para realizar las actividades esenciales de la vida ordinaria.
Es decir, si una personas con discapacidad ha trabajado durante 20 años, la edad ordinaria de jubilación se rebajará en 5 años. Si se da el caso de que es una persona dependiente de otra, la edad se rebajará en 10 años.
Estas personas con una discapacidad igual o superior al 65 % deberá de haber cotizado 15 años a lo largo de su vida. De esta manera, las personas con discapacidad podrán acceder a la jubilación con 52 años.
En el caso de las personas que presenten una discapacidad entre el 45 % y el 65 %, también cuenta con una reducción de la edad ordinaria de jubilación, que queda fijada en los 56 años, cuando al menos se haya cotizado en la vida laboral, al menos, 15 años.
Pero con la nueva norma que quiere aplicar el ministro José Luis Escrivá esto cambiaría. Desde el Gobierno apuntan que «en muy pocas semanas» se va reducir el periodo mínimo de cotización. De esta forma, las personas con una discapacidad igual o superior al 45% podrán acceder a la jubilación anticipada con 5 años de cotización con la discapacidad.