En España, se pueden solicitar diferentes tipos de pensiones, en función de la situación de cada beneficiario y de los requisitos que cumpla para una de ellas. De hecho, la pensión media ampara las prestaciones contributivas de de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares. Mientras, por otro lado, las no contributivas incluyen las de jubilación y Gran Invalidez, otorgadas bajo una serie de condiciones establecidas por la Administración.
En este sentido, el Consejo de Ministros ya ha aprobado una revalorización de las pensiones contributivas con carácter general, un 3,8% y la subida de la cuantía anual de las pensiones no contributivas un 6,9%. Esta medida se enmarca en un plan de medidas para evitar situaciones de vulnerabilidad y paliar la asfixia económica a la que están sometidos diversos colectivos ante el incremento de precios de los productos de la cesta de la compra. De hecho, las pensiones que más han subido son las más bajas, que corresponden a las personas con menor renta.
Pensiones contributivas en España
Este tipo de pensiones se definen como prestaciones económicas cuya duración puede ser definida o indefinida. Su concesión está supeditada, por lo general, a que el beneficiario haya tenido una relación jurídica previa con la Seguridad Social y cumpla una serie de requisitos en función del tipo de pensión. Igualmente, la cuantía se determina en función de las aportaciones efectuadas por el trabajador y el empresario, si se trata de trabajadores por cuenta ajena, durante el período considerado a efectos de la base reguladora de la pensión de que se trate.
De este modo, el Régimen General y los Regímenes Especiales que se integran en la Seguridad Social, contemplan este tipo de prestaciones dentro de la categoría de pensiones contributivas en España:

- Pensión de jubilación: La pensión de jubilación de la Seguridad Social es una prestación económica vitalicia que se concede al trabajador cuando, a causa de la edad, cesa en el trabajo por cuenta ajena o propia o reduce su jornada laboral y su salario en los términos legalmente establecidos. Así mismo, el solicitante tiene que cumplir unos requisitos de edad y de cotización que varían en función del tipo de jubilación demandada.
- Jubilación anticipada: modalidad legal que permite al trabajador retirarse antes de cumplir la edad legal.
- Jubilación parcial: el trabajador, tras cumplir los 60 años, decide cobrar parte de su pensión a la vez que percibe un sueldo por su actividad a tiempo parcial en una empresa.
- Jubilación flexible: está concebida para los pensionistas que quieran volver al mercado laboral, ya que pueden compatibilizar su pensión con un contrato a tiempo parcial, con la consecuente minoración de su prestación.
- Jubilación especial a los 64 años: es una modalidad que, con carácter general, desapareció en 2013, pero que se mantiene para determinados trabajadores.
- Incapacidad permanente: La pensión por incapacidad permanente, en su modalidad contributiva, trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona cuando está afectada por un proceso patológico o traumático y ve reducida o anulada su capacidad laboral. Puede ser parcial, total, absoluta o gran invalidez.
- Fallecimiento: Estas prestaciones por muerte y supervivencia se destinan a compensar la situación de necesidad económica que produce, para determinadas personas, el fallecimiento de otras. Se clasifican en viudedad, orfandad y en favor de familiares.
- Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI): es un régimen residual que se aplica a muy pocos trabajadores y que incluye las pensiones de: Vejez, Invalidez y Viudedad.
Pensiones no contributivas en España
Son prestaciones económicas que se reconocen a los ciudadanos que carecen de recursos suficientes para su subsistencia, incluso cuando no hayan cotizado nunca a la Seguridad Social o no hayan cotizado el tiempo suficiente para poder solicitar las prestaciones contributivas.
De este modo, la cuantía anual de las pensiones no contributivas se establece cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Con carácter general, se fijó en 7.905,80 euros para 2025, tanto para las pensiones de jubilación como para las de invalidez. De hecho, existen dos tipos de esta modalidad de pensión: jubilación e Invalidez.
- Requisitos para acceder a la pensión no contributiva de jubilación:
La pensión no contributiva de jubilación garantiza a los ciudadanos que cumplan estos requisitos una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios.
- Tener 65 años o más en la fecha de la solicitud
- Residir legalmente en territorio española durante 10 años, entre los 16 años y la fecha de devengo de la pensión, de los cuales dos años tienen que ser consecutivos y anteriores a la solicitud de la pensión.
- Requisitos para acceder a la pensión no contributiva de invalidez:
- Ser mayor de 18 años y menor de 65 en la fecha de la solicitud
- Residir legalmente en territorio español durante cinco años, los dos últimos seguidos justo antes de la fecha de la solicitud
- Tener una discapacidad o enfermedad crónica en un grado igual o superior al 65%.