Este martes 11 de abril de 2023 arranca la Campaña de la Renta 2022-2023. Así, los contribuyentes que cumplan los requisitos de ingresos deberán presentar la Declaración de la Renta y rendir cuentas sobre el impuesto del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas) ante la Agencia Tributaria.
Desde este martes 11 de abril, los contribuyentes pueden obtener el borrador y presentar la Declaración de la Renta de forma online. Actualmente, 9 de cada 10 contribuyentes prefiere realizar su declaración a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
A partir del 5 de mayo, la Declaración de la Renta se podrá presentar por vía telefónica; y de forma presencial desde el 1 de junio de 2023. En todos los casos, el plazo para presentar la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2022 finalizará el 30 de junio de 2023.
Ingresos mínimos para la Declaración de la Renta
No todos los ciudadanos están obligados a presentar la Declaración de la Renta del ejercicio 2022. La Agencia Tributaria exige esta obligación a los contribuyentes que tengan ingresos por debajo de un límite marcado.
Así, los ciudadanos con un único pagador e ingresos inferiores a 22.000 euros brutos anuales en 2022 están exentos de presentar la Declaración de la Renta. Hay que tener en cuenta que las pensiones también tributan al IRPF, debido a que se consideran rendimientos por trabajo.
En cualquier caso, muchos pensionistas están exentos de presentar la Declaración de la Renta, ya que se aplican los mismos criterios de ingresos. También están exentos las personas beneficiarias de una pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
Otra cuestión se da cuando los ingresos por rendimientos del trabajo del ciudadano proceden de varios pagadores. En este caso, el límite de ingresos es de 14.000 euros brutos anuales, siempre que del segundo pagador y restantes los ingresos sean superiores a 1.500 euros al año.
Desde la Agencia Tributaria también se establece un límite de ingresos en 14.000 euros al año cuando se reciban:
- Pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
- Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener el IRPF.
- Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a un tipo fijo de retención.
Estos son algunos de los límites de ingresos que se deben tener en cuenta de cara a la Campaña de la Renta del ejercicio fiscal de 2022. Así, muchos ciudadanos no estarán obligados a presentar la Declaración de la Renta.
Límite de ingresos en 1.600 euros
En otro orden de cosas, la Agencia Tributaria también establece límites de ingresos en 1.600 euros para rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales. Se trata de otros de los elementos relevantes al hacer la próxima Declaración de la Renta, correspondiente al ejercicio fiscal de 2022.
Si un contribuyente con ingresos procedentes de rendimientos de capital mobiliario o ganancias patrimoniales supera conjuntamente los 1.600 euros brutos al año, deberá presentar la Declaración de la Renta de forma obligada. Hablamos del límite de ingresos más bajo establecido por la normativa de la Agencia Tributaria.
Finalmente, también existen límites de ingresos para letras del tesoro, rentas inmobiliarias y subvenciones. Para este tipo de casos, están obligados a presentar la Declaración de la Renta todos aquellos contribuyentes con ingresos conjuntos por encima de 1.000 euros brutos al año.