Cuando una persona fallece, comienza la andadura para determinar el destino de su herencia. Cuando hablamos de herencia, el Código Civil la define como el conjunto de todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte. Por otra parte, es fundamental definir quienes serán los herederos. Estos son los responsables de suceder al difunto por el hecho solo de su muerte en todos sus derechos y obligaciones.
Tras el fallecimiento de un ser querido, la familia no tiene por qué conocer la situación del causante. De qué bienes disponía, si tenía deudas o si ya había realizado alguna gestión para cuando llegara este momento. Por tanto, lo primero es solicitar el certificado de últimas voluntades. Este documento es el encargado de informar a la familia de si había o no testamento. Un paso fundamental para saber si la herencia se gestionará conforme al testamento o según dispone la ley.
El testamento es el acto mediante el cual el testador dispone lo que quiere que ocurra con sus bienes tras su muerte. Este acto no es obligatorio, pero normalmente facilita que la partición de herencia discurra de la mejor manera. En ocasiones, el reparto de los bienes ocasiona conflictos entre familiares que no están de acuerdo con cómo se ha realizado. Sin embargo, si hay testamento, la voluntad del difunto está previamente meditada y plasmada en ese documento.
Reparto de la herencia según las circunstancias
Cuando eres heredero, es fundamental que aceptes la herencia. Cabe señalar, que aceptar la herencia no significa disponer de los bienes. Este acto significa que el heredero entra a formar parte del caudal hereditario. Sin embargo, en el reparto de la herencia, se liquidan las deudas y se reparte la titularidad exclusiva de los bienes entre los herederos. De este modo, ya sí podrá disponer de ellos.
Por tanto, para repartir la herencia, es fundamental que los herederos la hayan aceptado o hayan renunciado. A partir de aquí, la herencia se resolverá dependiendo de circunstancias como:
Herencia con testamento
Respetando el tercio de legítima, el de mejora y el de libre disposición, que dispone la ley, el testador puede incluir en el testamento cómo quiere repartir los bienes. De igual modo, podrá nombrar quienes serán sus herederos sin necesidad de hacer el reparto. Por tanto, si hay testamento, es obligatorio respetar la voluntad del testador ahí manifestada.
Herencia sin testamento
En ausencia de este documento, la ley es la encargada de marcar el reparto de la herencia. En este caso, el Código Civil determina que los herederos forzosos son en este orden:
- Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
- A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
- El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.
El cuaderno particional será el documento oficial en el que se expondrá como queda el reparto de la herencia que en este supuesto, debe respetar la igualdad entre los herederos.