Persona que puede optar a la incapacidad permanente por cumplir los requisitos de cotización

¿Cuál es la cotización mínima para cobrar una pensión de incapacidad permanente?

La Seguridad Social cuenta dentro de sus prestaciones con la incapacidad permanente, que es una ayuda que puede originarse por diversas causas, como un accidente de trabajo, un accidente no laboral, una enfermedad profesional o una enfermedad común. Para optar a esta prestación, se deben de cumplir una serie de requisitos, entre los que se incluye una cotización mínima.

La Seguridad Social define la incapacidad permanente como la «prestación que se reconoce al trabajador cuando, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta medicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral».

El INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) es el órgano que se encarga de la concesión de las cantidades que recibirá el trabajador, aunque los trabajadores o cualquier persona podrá recurrir a la Justicia como última instancia para obtener el reconocimiento de una pensión por incapacidad. De hecho, en Todo Disca hemos hablado de muchos casos en los que la justicia ha dado la razón a trabajadores para recibir la incapacidad permanente.

Requisitos de cotización a la Seguridad Social para una pensión de incapacidad permanente

Si atendemos a lo que dice el INSS, no existe ninguna cotización mínima para acceder a una pensión de incapacidad permanente originada por un accidente de trabajo, un accidente no laboral o una enfermedad profesional. Eso sí, hay que tener en cuenta que se establece un requisito de cotización mínimo en casos donde la pensión de incapacidad se deriva de una enfermedad común. Este factor es crucial para determinar las condiciones y el monto de la pensión otorgada al trabajador afectado.

Incapacidad permanente por Covid persistente

Por lo tanto, podemos decir que los requisitos de cotización por enfermedad común van a depender del grado de incapacidad permanente y de la edad de la persona que recibe la pensión. En este caso, la INSS señala que para los menores de 31 años que quieren acceder a la pensión de incapacidad se les exige una cotización de un tercio del tiempo desde el cumplimiento de los 16 años de edad.

Si la persona tiene 31 años o más, se requiere, como mínimo, una cotización de 5 años a partir de los 20 años cumplidos. Además, un quinto de ese periodo debe estar incluido dentro de los últimos 10 años.

Requisitos de cotización de otras incapacidades

Al mismo tiempo, el INSS señala que para la incapacidad permanente absoluta y la Gran Invalidez los requisitos de cotización son iguales. En el caso de los menores de 31 años se exige haber cotizado un tercio del tiempo transcurrido entre su edad y los 16 años. Mientras que para mayores de 31 años se requiere haber cotizado una cuarta parte del tiempo entre la edad actual y los 20 años, con un mínimo de cinco años.

Si hablamos de la incapacidad permanente parcial, los requisitos de cotización por enfermedad común son diferentes. En este caso, la Seguridad Social exige haber cotizado previamente 1.800 días a la Seguridad Social en los últimos cinco años antes del hecho causante.

Desde CampmanyAbogados señalan que «aunque estos 1.800 días deben situarse en el tiempo dentro los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha en que se haya extinguido la incapacidad temporal de la que provenga la incapacidad permanente, si ha habido baja médica previa».

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