El subsidio para personas mayores de 52 años es una de las prestaciones más populares de las que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), Una de los grandes beneficios que tiene esta ayuda para las personas que la recibe es que es el único de los grandes subsidios por desempleo que asegura el mantenimiento de las cotizaciones para todas las personas que lo perciben.
Para quien no lo conozca, el subsidio para personas mayores de 52 años es una ayuda que se lanza para las personas que tienen esa edad o más y han agotado la prestación o subsidio por desempleo.
La cotización del subsidio para mayores de 52 años
Como hemos adelantado, el subsidio para mayores de 52 años en la única prestación que permite que las personas que lo reciben coticen a la Seguridad Social de cara a la jubilación. En este sentido, durante todo el periodo de cobro (es ininterrumpido si no consiguen un nuevo trabajo, la segunda y última ventaja de este subsidio) los trabajadores la mantienen.
El artículo 280 de la Ley General de la Seguridad Social explica que «la entidad gestora cotizará por la contingencia de jubilación durante la percepción del subsidio por desempleo para trabajadores mayores de cincuenta y dos años, tomándose como base de cotización el 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento».
Además, la ley recoge que las las cotizaciones efectuadas durante ese tiempo le valdrán al ciudadano para mantener su derecho a la pensión de jubilación y que serán determinantes para el cálculo de esa prestación. «Tendrán efecto para el cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación y porcentaje aplicable a aquella en cualquiera de sus modalidades, así como para completar el tiempo necesario para el acceso a la jubilación anticipada», recoge.
Requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años
Desde la web oficial del SEPE señalan que las personas que quieran acceder al subsidio para personas mayores de 52 años deberán de cumplir una serie de requisitos:
- Estar en situación de desempleo
- Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio por encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:
- Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
- Ser emigrante que ha retornado a España
- Ser liberado o liberada de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo
- Haber sido declarado o declarada plenamente capaz o persona con incapacidad permanente parcial
- Estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo, habiendo cotizado por desempleo, al menos, entre 90 y 359 días.
- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo que estabas percibiendo
- Cumplir el acuerdo de actividad, que está incluido en la solicitud del subsidio
- Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Si quieres informarte más, puedes visitar la web del SEPE donde se recoge todo lo relativo al Subsidio para Personas mayores de 52 años.