Copilotos y pasajeros también pueden ser multados por la DGT, ¿Sabes por qué?

La Dirección General de Tráfico (DGT) contempla sanciones para los comportamiento peligrosos que puedan llevar a cabo todos los pasajeros

La DGT puede sancionar a cualquier pasajero de un vehículo

La DGT puede sancionar a cualquier pasajero de un vehículo

La seguridad es el eje central por el que existe la Dirección General de Tráfico (DGT). Velar por la seguridad de todos los usuarios de las carreteras en España, es su objetivo fundamental. Sin embargo cuando se hablar de tráfico, ya sea de educación vial, así como de permisos e incluso de sanciones, solemos pensar en que estas tareas van dirigidas en exclusiva a los conductores. Un error, pues cuando hablamos de «usuarios de la vía», debemos englobar a todos los actores que participan en la circulación.

Por tanto, son parte de esos usuarios tanto conductores, como copilotos y resto de pasajeros de un vehículo. Pues todos cuentan con parte de responsabilidad para mantener la seguridad en la carretera. Por este motivo, la DGT debe contemplar sanciones para castigar el comportamiento de cualquier actor que pase por una carretera. Bien es cierto, que la mayor responsabilidad cae sobre los conductores, pero hay actuaciones que el resto de pasajeros también deben evitar.

La DGT puede multar a copilotos y pasajeros

Puede que te parezca curioso e incluso innecesario, el hecho de que la Dirección General de Tráfico (DGT) tenga la potestad de sancionar a copilotos y resto de pasajeros en un vehículo. Bien es cierto que el peso de la responsabilidad de un vehículo, recae en el conductor. Este es el que controla la conducción y factores tan importante en la seguridad como son controlar la velocidad, respetar las señales de tráfico, mantener una buena actitud al volante, etc.

Sin embargo, el resto de pasajeros también juegan un papel fundamental a la hora no solo de mantener la seguridad en el vehículo, sino en torno a su propia seguridad en base al comportamiento. Por esta razón, en el Reglamento General de Circulación (RGC) de la DGT, se reconoce como usuarios de la vía tanto a conductores, como a copilotos y resto de pasajeros, y en base a ello, todos tienen la obligación de cumplir con el reglamento de circulación.

Y es que como ya hemos comentado, no solo los comportamientos del conductor pueden poner en peligro la seguridad de los usuarios de la vía. Es por ello, que deben estar sancionados. No obstante, en este caso, un papel muy importante lo juega la responsabilidad individual. Esto significa, que todas las personas que se suben a un vehículo deberían ser conscientes del peligro que supone y mantener las formas más adecuadas para que todo vaya bien.

Comportamientos sancionables

La Dirección General de Tráfico (DGT) cuenta con sanciones por comportamientos que como ya hemos comentado, serían evitables si fuésemos más responsables. Y es que en la mayor parte de los casos, este control se establece como medida restrictiva a acciones que está demostrado que son peligrosas en carretera. Pero, ¿Qué comportamientos pueden tener copilotos y resto de pasajeros para ponerse en peligro?

Un ejemplo que por desgracia se repite, es el de los copilotos que viajan con malas posturas como la de ir con los pies en el salpicadero. También hay quien por la «gracia», saca parte del cuerpo por la ventanilla o el techo. Es todos estos casos, la DGT tiene potestad para imponer multas económicas de entre 80 y 100 euros.

Otra de las infracciones por las que la DGT puede multar con hasta 200 euros a cualquier pasajero de un vehículo, es por no llevar abrochado el cinturón de seguridad. Un elemento que sin duda es fundamental, para mantener la seguridad en el vehículo, pues está más que demostrado, que esta herramienta evita consecuencias mayores en caso de accidente. Finalmente, existe una sanción de hasta 500 euros, para los pasajeros que tiren basura por la ventanilla, pues por increíble que parezca, aún hay quien leva a cabo este tipo de malas prácticas.

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