La Seguridad Social cuenta con un catálogo de productos ortoprotésicos que ofrece a las personas con discapacidad o con problemas de movilidad. Dentro de este apartado encontramos todo tipo de ayudas, desde sillas salvaescaleras para la vivienda, protecciones, prótesis o sillas de ruedas.
Por silla de ruedas entendemos que es una silla que permite el desplazamiento de personas con problemas de locomoción, ya sea porque tienes problemas de movilidad, alguna discapacidad o alguna lesión que le impida andar. Debemos de tener en cuenta que a lo largo de los años las sillas de ruedas han ido evolucionando, y lo siguen haciendo, y presentan ya múltiples variedades, existiendo manuales y automáticas. Lo que tenemos que tener claro es que el objetivo de la silla de ruedas es servir de herramienta para que las personas con discapacidad, movilidad reducida o con problemas de locomoción se puedan desplazar de un lugar a otro.
La Seguridad Social cubre la compra de una silla de ruedas
Debemos de tener en cuenta que la Seguridad Social cubre el pago de las sillas de ruedas y para ello se deben de cumplir una serie de requisitos y tramites por parte del interesado. En primer lugar, debemos de tener en cuenta que la persona que quiere acogerse a la prestación de la silla de ruedas deberá de acudir al médico especialista de la Seguridad Social, que es la persona que va a prescribir las silla de ruedas. Debemos de tener en cuenta que la prescripción de un médico privado no será valida.
Eso sí, existen la excepción de que en algunas Comunidades Autónomas, si la persona que solicita la silla de ruedas tiene más de 65 años, se considerará como válida la receta que otorga el médico de cabecera. Sin embargo, lo más normal es que sea el médico especialista de la Seguridad Social el que recete y valore si la persona reúne los requisitos necesarios para su uso.
Por lo tanto, el primer paso será conseguir la prescripción aprobada por el médico especialista. Dicho documento llevará adjunto un código y la descripción del artículo para el cual tiene la ayuda de la Seguridad Social. Acto seguido, el usuario deberá dirigirse a una ortopedia y comprar la silla de ruedas, abonando todo el importe. Es importante que la factura de la ortopedia cuenta con el mismo código que ha puesto el médico especialista en la prescripción, ya que dicha factura debe ser con fecha posterior al informe del médico especialista.
La Seguridad Social informa de como adquirir una silla de ruedas eléctrica
También existe la posibilidad de adquirir una silla de ruedas eléctrica a través de la Seguridad Social. Eso sí, en estos casos se deben de cumplir más requisitos, ya que las personas interesadas deben de tener limitaciones graves del aparato locomotor por enfermedad, malformación o accidente. El médico rehabilitador es el que se encarga de dar la prescripción. Además, la persona deberá de estar dentro de alguno de estos tres grupos:
- Incapacidad funcional permanente para la propulsión de silla de ruedas manual con extremidades superiores.
- Incapacidad permanente para la marcha independiente.
- Suficiente capacidad visual, mental y de control que le permita el manejo de la silla de ruedas eléctrica. Todo ello sin que supongo un riesgo añadido para su integridad ni para la de otras personas.
Una vez que el médico rehabilitador apruebe la prescripción de la silla para el usuario, el trámite será el mismo que con el otro tipo de silla. Es decir, se le facilitará al usuario una descripción del artículo y un código, que será importante a la hora de adquirir la silla de ruedas eléctrica. Una vez tenga ese documento, la persona interesada deberá de pagar el importe integro de la silla de ruedas, avisando a la ortopedia para que incluya en la factura el código que ha facilitado el médico. Como es obvio, la factura debe ser con fecha posterior al informe del médico especialista.