Los ciudadanos en España tienen la posibilidad de solicitar una incapacidad permanente por ‘estar quemado’ a causa del trabajo. En concreto, se puede lograr una incapacidad permanente debido al denominado ‘Síndrome de Burnout’.
Profesionales del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) deberán analizar la situación del trabajador y si realmente merecen el reconocimiento de una incapacidad permanente. En este sentido, es fundamental determinar los efectos del ‘Síndrome de Burnout’ en la actividad laboral del trabajador.
¿Qué es el ‘Síndrome de Burnout’?
Los expertos de ‘Quirón Prevención’ explican que «el Síndrome de Burnout hace referencia a la cronificación del estrés laboral que da lugar a una sensación de agotamiento generalizado. Mostramos los principales síntomas y consecuencias de sufrirlo».
El ‘Síndrome de Burnout’ también se conoce como ‘Síndrome del trabajador quemado’. Así, ocurre cuando el estrés laboral de un trabajador pasa a ser crónico. Este síndrome aparece con síntomas de agotamiento físico y mental, que se prolongan en el tiempo hasta alterar la autoestima y personalidad del trabajador.
Es decir, el ‘Síndrome de Burnout’ provoca un agotamiento físico y progresivo en el trabajador. Dicha situación va derivando en una pérdida de interés por parte del trabajador en relación a las tareas a desarrollar. Además, se genera una reacción psicológica negativa hacia su ocupación laboral.
Con todo ello, los expertos de ‘CampmanyAbogados’, abogados especialistas en incapacidades laborales, señalan que «a partir de los seis meses desde que se diagnostica la enfermedad, y si tras terapia y fármacos no mejora, el ‘Síndrome de Burnout’ se considerará incapacitante. Bajo estos requisitos, y demostrando también la persistencia de sus secuelas, se podrá obtener una incapacidad permanente por Síndrome de Burnout».
Los principales síntomas del ‘Síndrome de Burnout’ son el agotamiento físico y mental generalizado, despersonalización, cinismo, descenso en la productividad laboral y desmotivación.
Incapacidad permanente por Síndrome de Burnout
Tal y como hemos comentado previamente, es posible obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente por el ‘Síndrome de Burnout’. Para ello, es necesario que se den varias circunstancias específicas.
El grado más habitual que se reconoce por ‘Síndrome de Burnout’ es la incapacidad permanente total, ya que los síntomas son provocados directamente por el entorno laboral.
Los profesionales de ‘CampmanyAbogados’ informan que «al ser el propio trabajo el detonante de la enfermedad, la incapacidad permanente total para una profesión en concreto estaría justificada. Esto sucede así sobre todo en profesiones con componente de riesgo para terceros o con un alto grado de exigencia mental y/o estrés».
Si los síntomas del ‘Síndrome de Burnout’ afectan a todos los ámbitos de la vida diaria, más allá de la propia actividad laboral del trabajador, es posible que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconozca una incapacidad permanente absoluta.
Respecto al último grado de incapacidad permanente, es poco habitual que se reconozca una Gran Invalidez por el ‘Síndrome de Burnout’. Para conceder una incapacidad permanente de Gran Invalidez, es necesario acreditar que el trabajador requiere de la ayuda de terceras personas para desarrollar las actividades básicas del día a día.
En definitiva, podemos afirmar que ‘estar muy quemado’ del trabajo puede dar lugar al reconocimiento de una incapacidad permanente en España. Sin ir más lejos, recientemente, un juez ha otorgado una incapacidad permanente absoluta a una trabajadora de 56 años en Gran Canaria por el ‘Síndrome de Burnout’.