Cualquier enfermedad en España puede originar el derecho a cobrar una incapacidad permanente en España, siempre que las secuelas y limitaciones que presente el trabajador así lo demuestren. En este caso, vamos a hablar del síndrome de Sudeck y la posibilidad de obtener una incapacidad permanente a causa de esta patología.
El síndrome de Sudeck también se conoce como ‘dolor regional complejo’ (CRPS). Se trata de una enfermedad que suele afectar a las extremidades, por lo que puede llegar a ser altamente incapacitante en muchos casos.
¿Qué es el síndrome de Sudeck?
Desde la American Academy of Orthopaedic Surgeons (AAOS) explican que «el síndrome de Sudeck es una condición fisiológica que provoca una excesiva actividad del sistema nervioso. Y que, en ocasiones, se origina tras una fractura».
Así, estos son algunos de los síntomas a través de los cuales se manifiesta el síndrome de Sudeck en la persona afectada:
- Dolor severo.
- Ardor.
- Inflamación.
- Rigidez extrema.
- Sensibilidad extrema.
Estos síntomas aparecen en el paciente de manera continuada, especialmente en las manos. Además, en determinados casos, dichos síntomas también se extienden a brazos, piernas y/o pies. Por todo ello, podemos afirmar que el síndrome de Sudeck es una patología altamente incapacitante.
Es decir, es posible que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconozca una incapacidad permanente a un trabajador en España a causa del síndrome de Sudeck. Para ello, es imprescindible que se den una serie de condiciones.
Para conceder una incapacidad permanente en España no solamente se debe tener en consideración la patología en cuestión. También es preciso analizar otros factores como la actividad profesional habitual del trabajador o las limitaciones que presenta.
Requisitos para conseguir una incapacidad permanente por síndrome de Sudeck
A continuación, vamos a exponer algunos de los requisitos más importantes que debe cumplir una persona en España para conseguir una incapacidad permanente como consecuencia del síndrome de Sudeck:
- Es fundamental que el dolor sea crónico persistente. A veces, los síntomas del síndrome de Sudeck pueden desaparecer tras seis o doce meses.
- Es imprescindible que el trabajador haya estado sometido a un tratamiento previo.
- Un facultativo médico debe emitir un informe en el que se recojan todas las limitaciones que presenta el trabajador para el ámbito laboral. Limitaciones que tendrán que valorar desde el Tribunal Médico del INSS.
- Es clave que se hayan agotado todos los tratamientos terapéuticos posibles y que continúen las limitaciones para trabajar debido a las secuelas que presenta el trabajador.
Los expertos de ‘CampmanyAbogados’ explican que «desde el punto de vista de la pensión de incapacidad permanente, la necesidad de tratamiento previo responde a que, en una etapa temprana, las soluciones terapéuticas pueden ayudar a controlar la sintomatología, así como prevenir que el de dolor regional complejo evolucione a fases más avanzadas».
El grado de incapacidad permanente a obtener a causa del síndrome de Sudeck depende de varios factores que deben analizar los profesionales del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en función de la gravedad de las limitaciones que presenta el trabajador.
Según los expertos, es poco probable obtener una incapacidad permanente absoluta o Gran Invalidez por síndrome de Sudeck. Estos son los dos grados de incapacidad más elevados que se pueden reconocer a un trabajador en España.
No obstante, sí que es común el reconocimiento de una incapacidad permanente parcial o incapacidad permanente total como consecuencia de las limitaciones que genera en el trabajador los síntomas propios de esta patología.