Un contrato de arrendamiento es un acuerdo firmado entre dos partes por la cesión de una vivienda. En él, una de las partes pone a disposición de la otra un inmueble, a cambio de una cantidad de dinero. Es importante realizar este trámite con detenimiento, ya que ese documento será el que recoja todo lo relevante a este pacto. Además, en caso de tener algún problema, será lo aquí expuesto lo que nos ayude a resolver el conflicto, sea cual sea nuestra posición.
Una de las partes fundamentales, y a las que debemos prestar especial atención cuando firmemos un contrato de arrendamiento, son las cláusulas que regulan la duración del mismo y cómo finalizarlo. Debemos tener en cuenta que actualmente, los contratos de alquiler de vivienda tienen una duración de hasta cinco años. Estos serán prorrogables hasta tres años más, en el caso de que ninguna de las partes cumpla los plazos estipulados de preaviso.
Y es que avisar con el tiempo suficiente de que se va a dejar un inmueble, en el caso del inquilino, o de que se necesita disponer del mismo, en el caso del propietario, puede evitarnos sanciones que establece la Ley y que además, deben estar concretadas en el contrato de arrendamiento. Es decir, cumplir con el preaviso es fundamental si queremos evitar problemas o tener que pagar una cantidad de dinero antes de irnos.
Tiempo con el que debes avisar para dejar un alquiler según el contrato de arrendamiento
Cuando hablamos de cumplir con el preaviso, nos referimos al tiempo mínimo que tienen las partes para avisar de su intención de finalizar con el alquiler. Es decir, el plazo y los requisitos a cumplir si se quieren reducir o evitar indemnizaciones por incumplimiento del contrato de arrendamiento. Este margen de actuación, debe estar estipulado en el acuerdo de alquiler. No obstante, la Ley recoge cuales son los tiempos según seas propietario o inquilino.
El artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), recoge las premisas a cumplir si el inquilino quiere terminar con el contrato de arrendamiento. De este modo, podemos concretar que:
- El inquilino podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses desde que alquiló la vivienda.
- Debe avisar al propietario con una antelación mínima de 30 días.
- En el contrato de arrendamiento deberá constar lo acordado en cuanto a indemnización. Esta puede ser pagar al arrendador la cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir.
- Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
Pero, ¿Qué pasa si el inquilino quiere dejar la vivienda antes de los seis meses? Si el inquilino quiere irse la casa alquilada antes de los seis meses, deberá afrontar la indemnización estipulada en el contrato y pagar los meses restantes hasta alcanzar seis. En el caso contrario, si el inquilino quiere dejar la vivienda una vez venza el contrato, deberá avisarlo igualmente con 30 días de antelación antes de la fecha de renovación anual.