A las cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital (IMV) se le pueden sumar varios complementos contemplados por la Seguridad Social. Entre ellos, destacan el complemento por monoparentalidad, complemento por discapacidad y complemento de ayuda a la infancia.
En este año 2024, el Gobierno de España ha aprobado una revalorización del 6,9% en las cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital. Esta revalorización responde a lo establecido en el Real Decreto-Ley 2/2023 y a la recomendación 15ª del Pacto de Toledo, tal y como explican desde la Seguridad Social.
Así, hay que tener en cuenta que la prestación del Ingreso Mínimo Vital se abona en 12 pagas durante el año, ya que se trata de una prestación que no cuenta con pagas extraordinarias.
Complemento de monoparentalidad en el IMV
Con la revalorización del 6,9%, la Renta Básica Garantizada para un solo beneficiario se ha situado en 7.250,60 euros al año. Es decir, se trata de un importe mensual de 604,20 euros.
Sin embargo, según el tipo de unidad de convivencia, el importe a percibir por el Ingreso Mínimo Vital puede variar. Por ejemplo, la renta garantizada para una unidad de convivencia con dos adultos y tres o más menores se sitúa en 15.951,24 euros al año.
Así, desde la Seguridad Social establecen que en los supuestos de unidad de convivencia monoparental, se sumará un complemento equivalente al 22% de la Renta Básica Garantizada vigente. Por tanto, el importe de la prestación del IMV se incrementará en aquellos casos de unidad de convivencias monoparentales.
Además, los profesionales de la Seguridad Social indican que «el Ingreso Mínimo Vital es intransferible. No podrá ofrecerse en garantía de obligaciones, ni ser objeto de cesión total o parcial, ni de compensación o descuento, ni de retención o embargo».
Otros complementos del Ingreso Mínimo Vital
La Seguridad Social también contempla un complemento económico por discapacidad a la prestación del Ingreso Mínimo Vital. En concreto, si alguno de los miembros de la unidad de convivencia tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 65%, también se percibirá un complemento económico equivalente al 22% de la Renta Básica Garantizada vigente.
En determinados casos, con el complemento por discapacidad, se puede llegar a percibir una cuantía anual de 17.546,40 euros por la prestación del Ingreso Mínimo Vital. Puede darse en unidades de convivencia compuestas por 5 o más personas.
Finalmente, también es necesario hablar del complemento de ayuda a la infancia. Este complemento está destinado a las personas perceptores del Ingreso Mínimo Vital y de prestaciones de protección familiar con hijos a cargo.
El objetivo del complemento de ayuda a la infancia de la Seguridad Social es prevenir el riesgo de pobreza infantil entre la población española. Así, la cuantía de este complemento depende de la edad de los menores y el número de menos que figuren en la unidad de convivencia:
- 115 euros al mes por cada hijo menor de 3 años.
- 80,5 euros al mes por cada hijo entre 3 y 6 años.
- 57.50 euros al mes por cada hijo entre 6 y 18 años de edad.
La cuantía de este complemento se ha mantenido en 2024 con los mismos importes que en 2023, a pesar de la revalorización sobre las cuantías de la prestación del Ingreso Mínimo Vital.
Así, las familias monoparentales pueden obtener un importante complemento económico por la prestación del Ingreso Mínimo Vital, al igual que ocurre con el complemento por discapacidad y el complemento de ayuda a la infancia.