Complemento de maternidad: Piden que se extienda a jubilación parcial

El CSIF solicita también al Gobierno central que aumente la cuantía del complemento de maternidad en la pensión

Padre e hijo con mascarilla de protección frente al Covid-19

El sindicato de CSIF ha solicitado el Gobierno de España que extienda a jubilaciones parciales el complemento de maternidad de pensiones. Del mismo modo, piden que aumente su cuantía en la pensión con el objetico de reducir la pérdida retributiva en pensiones de 1.100 euros o superiores.

El Gobierno de España aprobó el pasado 4 de febrero la implantación de un nuevo complemento de maternidad de a la pensión. Se trata de un suplemento que parte con el objetivo de reducir la brecha de género en las pensiones.

Así, el nuevo complemento de maternidad de pensiones recoge una cuantía fija de 380 euros por hijo, hasta un máximo de cuatro. Si bien, este suplemento en la pensión estará vigente hasta que la brecha salarial de género sea inferior al 5 %. Actualmente, según el Ejecutivo, se sitúa por encima del 30%.

Implantado por el Gobierno de PSOE y Unidas Podemos, el llamado complemento de maternidad de pensiones está destinado a todas las pensiones del sistema español. A excepción de la jubilación parcial. Serán habilitadas para las siguientes prestaciones.

En este sentido, desde el CSIF muestran su aprobación al nuevo complemento, porque responde a demandas históricas, como que se aplicase «desde el primer hijo, a hombres y a familias homoparentales». Igualmente, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios ofrecen su disconformidad al no incluirse en las pensiones de jubilación parcial.

Por otra parte, desde el CSIF critican un empeoramiento cuantitativo del complemento: «Antes se aplicaba porcentualmente por tramos (entre el 5 y el 15% de la pensión) en función del número de hijos y ahora se asigna una cantidad de 27 euros mensuales por hijo, lo que perjudica a las pensionistas que perciban una cantidad igual o superior a 1.100 euros mensuales».

Complemento a la pensión también para hombre

Otra de las novedades de este complemento es que también está destinado a hombres. Si bien el objetivo del Gobierno de España es reducir la brecha de género de pensiones, por lo que el complemento de maternidad a la pensión es otorgado a la mujer por defecto.

Roberto pensión complemento maternidad
Roberto, hombre jubilado, recibe el complemento de maternidad

Sin embargo, en el caso de los hombres que quieran obtener este suplemento en su pensión, deberán acreditar ante el organismo pertinente que el nacimiento y cuidado de un o unos de sus hijos le ha provocado un perjuicio en su carrera profesional.

Así, una persona jubilada de Valladolid se ha convertido en el primer vecino de España al que se le reconoce el derecho a percibir el complemento de maternidad a las pensiones. Este jubilado ya había reclamado el suplemento con anterioridad a la Seguridad Social y con la nueva modificación ha conseguido lograrlo acudiendo a la vía judicial.

La sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de Valladolid recoge que Roberto G.M. tiene desde ya el derecho a recibir el complemento de maternidad del 10 % en función a su pensión de 915 euros mensuales; con efectos retroactivos desde el 8 de octubre de 2019.

El propio Roberto explica que «un día leyendo el periódico vi que un pensionista había obtenido una sentencia a su favor en la que se le reconocía el complemento por maternidad. Se lo reclamé a la Seguridad Social y me lo denegó porque era algo que sólo se reconocía a las mujeres, de ahí que tuviera que acudir a los tribunales, que ahora me dan la razón».

Claves del complemento de maternidad

1. Medida aplicada con el fin de reducir la brecha de género en pensiones.

2. Destinada a mujeres que cobren una pretación de: Jubilación, Jubilación anticipada, Incapacidad, de viudedad.

3. Los hombres también pueden acceder a este suplemento. Pero deben acreditar un perjuicio en su carrera. profesional.

4. Cuantía anual de 378 euros por hijo (máximo cuatro hijos).

5. La cuantía del suplemento podrá variar en función de la revalorización de las pensiones.

6. La medida estará vigente mientras la brecha de género de pensiones sea superior al 5%. Actualmente se sítua en el 30%.

7. No habilitada para jubilación parcial.

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