Cuando una persona está cobrando la prestación por desempleo se pregunta si esa ayuda es compatible con otras, como pueden ser las pensiones contributivas de jubilación o incapacidad. En este artículo vamos a analizar, desde el prisma de la Seguridad Social, si es compatible el derecho a recibir una prestación por desempleo con una pensión no contributiva.
Para ello, en primer lugar, vamos a definir lo que es para el Servicio Público de Empleo (SEPE) la prestación por desempleo, que la define como «la prestación contributiva que protege la situación de desempleo de quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10 % y un 70 %, por el procedimiento del artículo 47 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores o en virtud de resolución judicial adoptada en el seno de un procedimiento concursal».
Si hablamos de pensiones no contributivas, debemos de conocer que existen la de jubilación o la de invalidez. Desde el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), que se encarga de la gestión de estas ayudas, señalan que estas prestaciones se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo.
¿Son compatibles el subsidio de desempleo y una pensión no contributiva?
Si hablamos de la compatibilidad de las pensiones no contributivas, debemos destacar que estas prestaciones son incompatibles con:
- Pensiones contributivas.
- Entre ellas. Es decir, la pensión no contributiva de invalidez es incompatible con la pensión no contributiva de jubilación.
- Pensiones Asistenciales (PAS) y con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos. También con la condición de causante de la Asignación Familiar por Hijo a Cargo con Discapacidad.
Si hablamos de combinar una pensión no contributiva con la práctica del empleo, la normativa no lo impide. Eso sí debemos de tener en cuenta que los límites de ingresos que se marcan como requisito para acceder a este tipo de prestación.

Con respecto al subsidio de desempleo tampoco se recoge que no sean compatibles. Pero debemos de tener en cuenta que para obtener una pensión no contributiva se debe de tener:
- Un grado de discapacidad, en el caso de la invalidez
- Una edad superior a los 65 años, en la de jubilación
A esto hay que añadirle también el límite de ingresos marcado para obtener este tipo de prestación. En 2023, los ingresos no pueden superar la cifra de 6.784,54 € anuales, aunque esta cifra aumentará en caso de vivir con cónyuge o familiares.
Desde la Seguridad Social destacan que la percepción de las prestaciones o subsidios por desempleo es compatible con la prestación familiar en su modalidad no contributiva que consiste en una asignación económica por hijo a cargo. Además, deja claro que su cuantía no tiene la consideración de renta a los efectos del cumplimiento de los requisitos de carencia de rentas o de existencia