Cuando una persona recibe una pensión, siempre piensa en la compatibilidad de esta con otras prestaciones para poder recibir otra ayuda económica que eleve sus ingresos. Esto es algo que va a depender del del tipo de incapacidad permanente reconocida por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En este artículo vamos a ver la compatibilidad de las pensiones no contributivas, ya sea de invalidez o jubilación, que gestiona el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) y la incapacidad permanente.
El IMSERSO define la pensiones no contributivas como aquellas prestaciones que buscan ayudar económicamente a personas mayores o con discapacidad, añadiendo «asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva.
Por su parte, la Seguridad Social define la incapacidad permanente como una pensión contributiva. Esto tiene como objetivo paliar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una lesión o enfermedad, que reduce o anula la capacidad laboral del propio trabajador.
Compatibilidad incapacidad permanente y pensión no contributiva
Como hemos indiciado anteriormente, en este artículo vamos a hablar sobre la compatibilidad entre la incapacidad permanente y la pensión no contributiva. Debemos tener en cuenta que las pensiones no contributivas son aquellas prestaciones dirigidas a personas que no han cotizado lo suficiente para cobrar una pensión contributiva. Así, desde ‘CampmanyAbogados’ detallan que la incapacidad permanente no puede ser compatible con las pensiones no contributivas.
Principalmente es porque al contar con los ingresos que percibe por una incapacidad permanente no cumpliría con los límites de ingreso que el IMSERSO pone a este tipo de prestación, que es de 6.784,54 € anuales.

Para que fuese compatible la incapacidad permanente y la pensión no contributiva, la persona que recibe la prestación por incapacidad permanente debería de cumplir con los requisitos que se solicitan para una pensión no contributiva.
Requisitos pensión no contributiva
Cada pensión no contributiva, sea de invalidez o jubilación, va a tener una serie de requisitos, que son los que van a definir si es compatible con otra ayuda o no:
- Tener 65 años o más, en el caso de la pensión no contributiva de jubilación. En el caso de la invalidez, la persona debe de tener entre 18 y 65 años.
- En el caso de la de invalidez, la persona debe de acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Residir en territorio español. Además, debe haberlo hecho durante un período de diez años en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- No superar los 6.784,54 euros anuales. Se debe de tener en cuenta que la cifra cambiará en función de si la persona convive sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado (padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante). Además, se valorará si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos.
Para más información puedes visitar la web oficial del IMSERSO donde se recogen todos los requisitos de esta ayuda.