Compatibilidad de la pensión de jubilación con prestaciones de la Seguridad Social

Por norma general, la pensión de jubilación no comparte compatibilidad con la mayoría de prestaciones de la Seguridad Social

Pensión jubilación

La pensión de jubilación contributiva de la Seguridad Social es una prestación a la que tienen derecho todos los ciudadanos en España que hayan realizado un mínimo de cotización a lo largo de la vida laboral. Sin embargo, por norma general no es compatible con otras prestaciones.

Por ejemplo, no es compatible con otras pensiones de jubilación. En concreto, si la persona beneficiaria tiene derecho a dos pensiones diferentes, debe optar por una de ellas, pero en ningún caso podrá cobrar las dos a la vez.

Eso sí, existen excepciones respecto a las compatibilidades que es necesario conocer. Así, un pensionista en España puede percibir dos prestaciones de jubilación a la vez siempre que pertenezcan a regímenes diferentes de la Seguridad Social.

Para tener derecho a dos pensiones de jubilación de dos regímenes diferentes, el pensionista tendrá que haber cotizado un mínimo de años en ambas; como requisito fundamental para su percepción.

Compatibilidad de la pensión con otras prestaciones

Por otra parte, la pensión de jubilación no es compatible con ninguna otra pensión del sistema de diferente categoría a la suya. Es decir, no es posible percibir una pensión de jubilación y otra de incapacidad permanente de forma simultánea.

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No obstante, en esta circunstancia también se da una excepción. Y es que la pensión de jubilación puede ser compatible con la de viudedad.

Esto ocurre porque la prestación de viudedad es compatible con las rentas del trabajo durante la vida laboral. Así, cuando la persona beneficiaria de una prestación de viudedad accede a la jubilación, se mantiene el derecho a recibir ambas pensiones.

Además, es importante resaltar que no es posible la compatibilidad entre pensiones del SOVI. Por lo tanto, en la especialidad del SOVI son incompatibles las prestaciones por jubilación y viudedad. Sin embargo, si son compatibles recibir una pensión de jubilación del SOVI y una de viudedad de la Seguridad Social.

Compatibilidad de prestación de jubilación y trabajo

Otro aparte merecen las compatibilidades posibles entre la percepción de una pensión de jubilación y la obtención por rentas del trabajo.

En este sentido, «la jubilación flexible y la jubilación parcial pueden concurrir con el subsidio de incapacidad temporal y paternidad/maternidad que sustituyan a los salarios cuando se declare la suspensión de sus contratos por estos motivos», según informan desde el Instituto BBVA.

La jubilación flexible es aquella que es compatible con el trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial entre el 75% y 50%; mientras que la jubilación parcial es aquella en la que se produce una reducción de la jornada ordinaria y el salario entre el 25% y 50%.

En estas modalidades de pensión de jubilación también serían compatibles con la prestación por desempleo que le pudiera corresponder por trabajos a tiempo parcial realizados con anterioridad a la situación de jubilación.

Por último, desde el Instituto BBVA explican que la jubilación parcial y flexible si son compatibles con la incapacidad permanente total ocasionada por la actividad laboral a tiempo parcial, con posterioridad al reconocimiento de la pensión de jubilación. Pero no sería compatible con la incapacidad permanente absoluta.

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