Cómo solicitar el nuevo complemento de ayuda a la infancia en el Ingreso mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital contempla desde 2021 un complemento de ayuda a la infancia para las familias con hijos en riesgo de exclusión social

El Ingreso Mínimo Vital contempla una ayuda a la infancia

El complemento de ayuda a la infancia es uno de los principales cambios que se introdujeron la Ley del Ingreso Mínimo Vital (IMV) como un instrumento clave para luchar contra la pobreza infantil. Se publicó en el BOE el 21 de diciembre de 2021 y desde entonces, está disponible para todo aquel que cumpla con los requisitos establecidos por la Seguridad Social.

Y es que con esta modificación, el principal objetivo era proteger a los menores. Pues los más pequeños de la casa, son siempre los más vulnerables ante situaciones de pobreza y exclusión social. Por ello, era necesario contemplar para las unidades de convivencia con niños a su cargo, un complemento que se sumara a la ayuda correspondiente del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Cabe recordar, que el Ingreso Mínimo Vital (IMV), es una prestación económica dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas. Por tanto, persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias.

Pero, ¿Cómo se valora si una persona está en riesgo de exclusión social y por tanto debe beneficiarse de esta ayuda? Lo principal, es cumplir con los requisitos establecidos desde la Seguridad Social. Estos son:

Complemento de ayuda a la infancia del Ingreso Mínimo Vital

El complemento de ayuda a la infancia fue uno de los cambios más importantes introducidos en la Ley del Ingreso Mínimo Vital. Lleva más de dos años estando disponible, sin embargo, aun hay muchos beneficiarios que no saben cómo deben solicitarlo ni en qué consiste, es decir, la cuantía que le corresponde.

El complemento del Ingreso Mínimo Vital se cobrará siempre que se cumplan unos requisitos
El complemento del Ingreso Mínimo Vital se cobrará siempre que se cumplan unos requisitos

Pero, ¿Quién tiene derecho a este complemento? Según establece la Seguridad Social, tienen derecho a este complemento económico de ayuda a la infancia las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del Ingreso Mínimo Vital (MV) y los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos.

En cuanto al importe, este no es fijo. Es decir, la cuantía se establece en función del número de menores de edad miembros de la unidad de convivencia, y en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio, con arreglo a los siguientes tramos:

Cómo solicitar este complemento

Para solicitar el complemento de ayuda a la infancia del Ingreso Mínimo Vital (IMV), tienes dos opciones según tus circunstancias. Si aún no eres beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV), en la web oficial de la Seguridad Social establecida para esta prestación, dispones de un formulario único en el que podrás solicitar tanto la prestación como el complemento de ayuda para la infancia.

Es decir, solo es necesario presentar una solicitud que servirá para reconocer el ingreso mínimo vital con el complemento o únicamente el complemento, según las condiciones de vulnerabilidad económica de la unidad de convivencia. Pues esta es la segunda opción. Si ya eres beneficiario, solo debes acreditar los requisitos establecidos y solicitar el complemento.

Por tanto:

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