¡Asturias, patria querida! La dependencia, de acuerdo con la legislación, es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, precisan de la atención de otra persona o ayudas importantes del Estado para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
Por ello, aquellas personas que se encuentren en situación de dependencia tienen derecho a solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Asturias.
¿Quién puede solicitar la ley de dependencia en Asturias?
Para acceder a la Ley de Dependencia se han de cumplir una serie de requisitos establecidos por la Administración. Por ello, de acuerdo con la normativa vigente, tienen derecho a demandar esta prestación los siguientes colectivos:
- Personas que se encuentren en situación de dependencia
- Menores de 3 años, según lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
- Personas residentes en territorio español, y haberlo hecho durante 5 años, 2 de los cuales serán inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Menores de 5 años, que se aplicará a quien ejerza su guarda y custodia. Cuando la guarda y custodia sea compartida, el período de residencia se exigirá a una de las personas que la ejerza.
- Personas que no tengan la nacionalidad española. En caso de menores que carezcan de nacionalidad española, se tendrán en cuenta las leyes del menor vigentes, tanto en el ámbito estatal como en el autonómico, así como en los tratados internacionales.
- Emigrantes retornados que no cumplan con el requisito de la residencia, podrán solicitar el acceso a prestaciones asistenciales con igual contenido y extensión que las establecidas para las personas dependientes, siempre que acrediten su condición.
- Personas residentes en cualquier concejo del Principado de Asturias a la fecha de presentación de la solicitud.
¿Cómo solicitar la Ley de Dependencia en Asturias?
Para solicitar la Ley de Dependencia, el propio demandante podrá acudir a las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
No obstante, la persona interesada en solicitar la Ley de Dependencia, tiene derecho a designar un representante mediante la inclusión de sus datos en el apartado de la solicitud «Datos de la persona solicitante«, ‘Representante’, que, a todos los efectos, será la persona con quien nos relacionaremos para cualquier asunto.
Así mismo, para poder optar a la situación de dependencia, la persona solicitante debe demostrar que, efectivamente, tiene dificultades para realizar sus actividades diarias esenciales.
- Solicitud y tramitación: puede solicitar orientación para obtener la licencia en servicios sociales
- Valoración de grado de dependencia: se visitará a la persona afectada en su propio domicilio
- Reconocimiento de grado: se enviará un documento por escrito reconociendo el grado de dependencia.
- Reconocimiento del grado de PIA (Programa Individual de Atención): El PIA se encarga de determinar los recursos
- Resolución
- Revisión de grado: se debe comenzar un nuevo proceso a través del contacto con un trabajador social.