Cómo solicitar el complemento infantil del Ingreso Mínimo Vital

La Seguridad Social ofrece un complemento de ayuda a la infancia para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital

Ayuda a la infancia de la Seguridad Social en el IMV./ Licencia Adobe Stock

Miles de personas en España cobran la prestación del Ingreso Mínimo Vital (IMV), cuya gestión recae en la Seguridad Social. Así, los beneficiarios de esta prestación mensual también pueden cobrar el complemento de ayuda a la infancia.

Desde la Seguridad Social recuerdan que «el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».

Así, en el año 2021, la Seguridad Social aprobó la Ley del Ingreso Mínimo Vital, en la que incorporó el complemento de ayuda a la infancia. Esta ayuda adicional tiene como objetivo luchar contra la pobreza infantil en España.

COMPLEMENTO DEL INGRESO MÍNIMO VITAL

El complemento de ayuda a la infancia está dirigido a las personas que cobran el Ingreso Mínimo Vital o personas que cobran prestaciones familiares. En ambos casos, es necesario que se incluyan a menores de edad en la misma unidad de convivencia.

Ayuda a la infancia de la Seguridad Social en el IMV
Ayuda a la infancia de la Seguridad Social en el IMV./ Licencia Adobe Stock

La cuantía a cobrar por el complemento de ayuda a la infancia de la Seguridad Social depende de la edad de los menores de edad que se encuentran en la misma unidad de convivencia. Así, estos son los importes para el año 2023:

Cada año, la Seguridad Social actualiza las cuantías garantizadas a cobrar por el Ingreso Mínimo Vital. Del mismo modo, también se actualizan los importes a percibir por el complemento de ayuda a la infancia.

SOLICITUD DE LA AYUDA A LA INFANCIA

Respecto al complemento de ayuda a la infancia, desde la Seguridad Social señalan que «pueden solicitarlo en el INSS las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del ingreso mínimo vital y los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables y patrimonio neto».

Eso sí, la Seguridad Social concederá este complemento junto a la prestación del Ingreso Mínimo Vital. Es decir, la Seguridad Social reconoce la ayuda a la infancia de oficio para todas las personas con derecho a su percepción.

En caso de que creas que tienes derecho al complemento de ayuda a la infancia y no lo has recibido, debes ponerte en contacto con la Seguridad Social para solventar las dudas al respecto, ya sea por vía telemática o de manera presencial.

Actualmente, la Seguridad Social dispone de un simulador para que los ciudadanos puedan determinar si tienen derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital y el complemento de ayuda a la infancia. A raíz de los datos indicados por el usuario, esta herramienta indicará si la persona en cuestión tiene derecho a la prestación del IMV y/o el complemento de ayuda a la infancia.

Así, desde la Seguridad Social inciden en que el IMV «se configura como derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias».

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