De acuerdo con las instituciones competentes en esta materia, la Incapacidad Permanente (IP) se define como la situación laboral del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral. De este modo, las personas afectadas por una incapacidad y que vean alterada su capacidad de trabajar parcial o totalmente tendrán derecho a recibir una pensión, con el objetivo de paliar la falta o escasez de ingresos derivados de la actividad laboral.
De este modo, la incapacidad permanente se agrupa en cuatro grados: parcial, total, absoluta o la Gran Invalidez. Cada una de ellas presenta una serie de características, diagnosticadas por el Tribunal Médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que es el órgano que decide el grado de incapacidad de cada persona y, por tanto, la prestación económica que le corresponde y si puede continuar desarrollando su actividad laboral, aunque se modifique el puesto de trabajo. Por tanto, para obtener la tarjeta o el certificado de Incapacidad Permanente se deben seguir una serie de pasos y requisitos, aunque estos pueden variar según la legislación de cada país.
Pasos para obtener el certificado de la incapacidad permanente
- Solicitar una evaluación médica a la Seguridad Social: será imprescindible, por tanto, acudir a un centro especializado de la Seguridad Social, donde se hará la prueba médica pertinente y una evaluación completa. En algunas ocasiones será necesario presentar exámenes médicos anteriores de especialistas para apoyar el diagnóstico final. Incluso, podrían ser solicitadas pruebas extra para mayor precisión.
- Presentar la solicitud en la Seguridad Social: tras someterse al juicio médico, ya se deberá formalizar la petición a la Seguridad Social. Este paso se podrá hacer de forma presencial o por medio electrónico, siempre y cuando el sistema lo permita. La documentación a entregar será el certificado de los resultados del chequeo médico, cotización y formulario oficial de solicitud, donde
- Evaluación y resolución del expediente: una vez tramitado el proceso, los expertos se pondrán a evaluar la petición, que podrá ser aceptada o no. Para ello, los médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tendrán que tomar decisiones concluyentes en cada caso. Todos los informes serán revisados y comprobados para ver si se cumplen las premisas de concesión. Incluso, el INSS podría solicitar un nuevo paso por el tribunal médico.
- Notificación y concesión del certificado: finalmente, la decisión será notificada mediante una resolución formal. Si el resultado es favorable, se recibirá el certificado de incapacidad permanente, que ya otorga derecho a una pensión de manutención de la Seguridad Social. Aunque, depende del grado de cada persona, puede ser mayor o inferior, además de si es total o absoluta. De ser total, el empleado no podrá desempeñar la actividad habitual, pero si es absoluta, esa premisa afecta a todos los trabajos.
Finalmente, una vez que el Tribunal Médico del INSS ha examinado a la persona demandante para solicitar una pensión por incapacidad permanente, éste órgano tiene noventa días para dictar una respuesta. Por tanto, si pasado este período de tiempo no ha habido respuesta, la ley estipula que se decretará el silencio administrativo, por lo que la persona verá denegada su prestación.
Requisitos para acceder a este certificado
Para acceder al certificado de Incapacidad Permanente, las personas demandantes deberán cumplir una serie de requisitos y condiciones establecidos por la Seguridad Social.
- Ser trabajador afiliado a la Seguridad Social: para solicitar la incapacidad permanente, es imprescindible que el solicitante esté dado de alta en el sistema de la Seguridad Social o tenga cotización durante un tiempo determinado antes de que se produzca la incapacidad.
- Acreditación médica: El solicitante debe contar con un diagnóstico médico que certifique la enfermedad o lesión que causa la incapacidad permanente o la incapacidad permanente. Este informe debe ser emitido por un médico especialista y debe acreditar que la persona ya no puede desempeñar su actividad laboral usual de forma total o parcial.
- Requisitos de cotización: dependiendo del grado de incapacidad (total o absoluta) y la edad del solicitante, se establece un periodo mínimo de cotización. En general, si la incapacidad se produce antes de los 31 años, el tiempo de cotización exigido es menor que para personas de mayor edad.
- Grado de incapacidad: es importante que la evaluación médica determine el grado de la incapacidad. Puede ser parcial, total o absoluta, y este diagnóstico influirá en el tipo de pensión o prestaciones que la persona podrá recibir.