Si quieres unirte a los viajes del IMSERSO deberás saber que tienes que cumplir con una serie de condiciones que acrediten que realmente tienes derecho a beneficiarte de todas las ventajas que ofrecen los viajes del IMSERSO para personas mayores. El Instituto de Mayores y Servicios Sociales ofrece una serie de viajes baratos para personas mayores que se encuentren en edad de jubilación o que reciban una pensión de la Seguridad Social. ¿Cómo puedo saber si tengo derecho a estos viajes del IMSERSO?
Para poder acceder al programa de viajes del IMSERSO es necesario cumplir con una serie de requisitos. Si cumples con los requisitos que se solicitan desde la entidad, podrás pedir una de las plazas para disfrutar de estos viajes económicos durante todo el año.
En 2022 el plazo ya está cerrado para solicitar estos viajes de turismo del IMSERSO, pero ahora, en 2023, se volverán a abrir las plazas para que más personas jubiladas pueden disfrutar de este servicio que pretende ofrecer una jubilación activa a los mayores.
Esto es lo que debes cumplir para acceder a los viajes del IMSERSO
Los requisitos de los viajes del Instituto de Mayores y Servicios Sociales están regulados por el Programa de Turismo del IMSERSO que se recogen en la Orden SCB 926/2018, de 10 de septiembre y la Resolución de 17 de junio de 2021 por la que se convocan plazas para personas mayores que deseen participar.
En estos momentos conocemos cuáles fueron los requisitos para acceder a estos viajes en el año 2022, pero aún no conocemos cuáles serán las exigencias en el año 2023 aunque, por lo que parece, se mantendrán en su mayoría.
Estos fueron los requisitos para acceder a los viajes del IMSERSO en 2022:
- Residentes en España: podrán participar en el programa de turismo del Imserso, las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
- Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
- Pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
- Titular o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.
- Españoles residentes en el exterior que reúnan los requisitos exigidos en el punto anterior para participar en el programa del Imserso. Los residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica; Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo; Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza; podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
- Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España. Eso sí, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.
Por otra parte, también se especifica que las personas usuarias podrán ir acompañados en el viaje del Imserso por su cónyuge, pareja de hecho o persona con la que constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal sin que reúna lo requisitos exigidos.
Los hijos con discapacidad superior a 45% también podrán acompañar a sus padres en los viajes del IMSERSO sin tener que cumplir con los requisitos previos.