La Campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio fiscal de 2024 arrancó el 2 de abril de 2025. Así, millones de contribuyentes deberán presentar la Declaración de la Renta dentro del plazo establecido, aunque muchos ciudadanos se encuentran exentos de tener que completar este trámite por obligación.
Con carácter general, todos los contribuyentes en España deben presentar la Declaración de la Renta. Sin embargo, debido a diferentes circunstancias, algunos contribuyentes están exentos de completar este trámite.
Cómo saber si tengo que presentar la Declaración de la Renta en 2025
Desde el 2 de abril al 30 de junio de 2025, los contribuyentes deberán presentar la Declaración de la Renta. Si bien, en muchas ocasiones, el contribuyente tiene dudas sobre si tiene la obligación o no de presentar la Declaración del IRPF (IRPF).
Según se recoge en la normativa fiscal, estos contribuyentes no tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta en 2025, correspondiente al ejercicio fiscal de 2024:
- Contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo que procedan de un único pagador y que sean inferiores a 22.000 euros anuales.
- Contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo con más de un pagador y que sean inferiores a 15.876 euros anuales. Eso sí, siempre que los ingresos del segundo o posteriores pagadores sean superiores a 1.500 euros.
En este sentido, hay que tener en cuenta que las pensiones son consideradas como rendimientos del trabajo. Por tanto, las condiciones anteriores también se aplican para las personas beneficiarias de la pensión.
Eso sí, algunas pensiones contributivas quedan exentas de tributar debido a la naturaleza. Esto ocurre con las pensiones de incapacidad permanente absoluta o pensiones de Gran Invalidez.
De cara a la Declaración de la Renta que se debe presentar en el año 2025, están obligados todos los trabajadores autónomos o trabajadores del mar que estuvieron dados de alta durante el ejercicio fiscal de 2024, independientemente de su nivel de ingresos.
¿Qué ocurre con los ingresos diferentes a los rendimientos por trabajo?
Los ingresos del contribuyente es posible que no solamente procedan de rendimientos del trabajo. Así, es importante tener en cuenta las siguientes consideraciones:
- Están obligados a presentar la Declaración de la Renta los contribuyentes que recibieron más de 1.600 euros anuales procedentes de rendimientos íntegros de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención.
- También están obligados a declarar aquellas personas que obtuvieron más de 1.000 euros anuales por: rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro, subvenciones para comprar una vivienda de protección oficial y otras ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas.
De cara a la Campaña de la Renta y Patrimonio de 2024, también tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta los contribuyentes que hayan obtenido rendimientos íntegros del trabajo, del capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con un límite de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales con una cuantía por debajo de 500 euros.
Ante la duda sobre la obligación de presentar o no la Declaración de la Renta, es recomendable realizar el borrador de la declaración. Antes de enviar, la Agencia Tributaria informa al ciudadano sobre si tiene la obligación o no de presentar la correspondiente declaración.
Además, aunque el contribuyente no esté obligado a presentar la Declaración de la Renta, en algunos casos es aconsejable completar el trámite. Por ejemplo, en aquellos casos en los que Hacienda le deba pagar una cantidad determinada de dinero.