La Incapacidad Permanente (IP) es una afectación que, en función de su grado, altera notablemente la actividad laboral de las personas que la sufren; en algunos casos, de hecho, les insta a una jubilación o baja laboral indeterminada por imposibilidad de desarrollar tareas anatómicas o funcionales.
No obstante, para acreditar una Incapacidad Permanente, se deben cumplir una serie de requisitos, condiciones y documentación ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En este organismo, por otra parte, el paciente será sometido a una valoración por el Tribunal Médico, que determinará si la persona solicitante de esta Incapacidad tendrá derecho a ser reconocida o no y en qué grado: parcial, total, absoluta o Gran Invalidez.
Reclamación por Incapacidad Permanente
En el momento de solicitar una pensión contributiva acusando una Incapacidad Permanente, y tras la valoración de los órganos e instituciones competentes en esta materia, el veredicto puede ser rechazado para la persona demandante, al estimar que no cumplen las condiciones para ser otorgada. Se inicia, por tanto, el proceso de reclamación.
La reclamación previa, reclamación administrativa previa a la vía judicial en materia de prestaciones de la Seguridad Social, de acuerdo con el argot institucional, es un recurso administrativo que el solicitante al que le han rechazado la Incapacidad puede presentar ante la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social para solicitar la modificación o revocación de una resolución denegatoria en materia de reconocimiento de prestaciones. Este trámite es el paso previo a acceder a la vía judicial.
Este proceso administrativo se produce cuando el demandante ha sufrido el rechazo de su solicitud para el reconocimiento de una Incapacidad Permanente o, por otro lado, no está de acuerdo con el grado de incapacidad que le han establecido. De este modo, la respuesta la dicta la entidad gestora de las prestaciones de Seguridad Social, es decir, el INSS. En este sentido, si en un plazo de tiempo de 135 días el demandante no ha recibido ninguna sentencia, se estimará que existe silencio administrativo y se entenderá, por tanto, que la petición no ha sido aceptada a trámite.
De esta manera, se deduce que el objetivo de la reclamación previa es agregar motivos jurídicos o médicos que, efectivamente, manifiesten que existe una incapacidad laboral. En caso de ser aceptada, se anulará el acto administrativo por el que se denegó la pensión de incapacidad y se dictará nuevo acto administrativo para concederla. La reclamación previa, entonces, se debe presentar en cualquier oficina de registro de la Seguridad Social (INSS), de forma física o telemática, firmando el envío y la propia reclamación con certificado digital.
Documentación para una Incapacidad Permanente
Para presentar un escrito para el reconocimiento por Incapacidad Permanente, el primer requisito indispensable es adjuntar, junto con la reclamación previa, la resolución del INSS con la resolución final del caso, en el que se deniega la incapacidad.
En este sentido, el solicitante también deberá es aportar todos los informes médicos que certifiquen las dolencias y limitaciones anatómicas y funcionales que sufra, así como aquellos diagnósticos profesionales que acrediten la necesidad de que se nos conceda la Incapacidad Permanente
Finalmente, toda la documentación aportada por el paciente quedará reflejada en el correspondiente expediente administrativo, que será lo que ilustre a un juez en el escenario de llegar a un hipotético juicio sobre incapacidad permanente.