Alquilar una vivienda puede ser una actividad muy rentable. Sin embargo, el mayor miedo del propietario que se decide a alquilar un inmueble suele ser que el inquilino no pague la renta. Es importante tener en cuenta que si las cosas se hacen bien, esta posibilidad se reduce considerablemente. Para ello, hay dos cosas fundamentales: el contrato y la elección de la persona.
Hacer un contrato de arrendamiento es vital para no tener problemas con el pago de la renta de tu inquilino. Además, es importante que este incluya una cláusula que recoja las medidas a tomar en caso de que se produzca el impago. Dicha medida suele ser que el contrato se pueda rescindir en caso del impago de una mensualidad.
Si un inquilino deja de pagar su renta, la opción más lógica y aconsejable en un primer momento es hablar con él. Son muchas las circunstancias que pueden llevar a una persona a no realizar un pago, pero a veces, la respuesta es tan sencilla como que sea un olvido o un problema de la entidad bancaria. Por ello, el diálogo es el mejor camino en estos casos.
Quiero reclamar el impago de la renta de mi inquilino ¿Qué hago?
Es importante tener en cuenta que se puede iniciar el proceso de reclamar la renta de alquiler desde el primer impago. A veces esto lleva a confusión ya que, existe la creencia, de que hay que esperar varios meses para poder reclamar la cantidad que se nos debe. Esto denota que es importante estar bien informados y tener cuidado con el ‘boca a boca’.

Como comentábamos anteriormente, en un primer momento es importante abogar por el diálogo para reclamar la renta. Esto puede hacerse por teléfono o directamente en persona. No obstante, es recomendable utilizar también un medio escrito para que quede constancia de la reclamación. Este hecho puede ser de gran utilidad si hubiese que dar un paso más para reclamar la deuda.
Si el inquilino no responde o hace caso omiso, habrá que formalizar la petición mediante un burofax. igualmente, se le reclamará la renta que debe y se le pedirá que sea abonada cuanto antes. Es importante que el envío del burofax sea con acuse de recibo para poder utilizarlo en caso de tener que acudir a la vía judicial.
Si pasados 30 días el inquilino sigue sin responder o saldar su deuda, se podrá iniciar un proceso de demanda para reclamar la cantidad adeudada e iniciar el proceso de desahucio. En este momento, es importante aportar toda la documentación de la que se dispone, las pruebas de los pasos previos que hayamos realizado, así como el mayor número de datos posible sobre el inquilino para que el organismo judicial competente pueda localizar a la persona.