Lo primero que hay que tener claro, es que la única posibilidad de que un amigo se convierta en heredero, es haciendo un testamento. Bien es cierto, que este acto no es obligatorio. A falta del mismo, la ley recoge la fórmula en la que se hace el reparto de la herencia. Sin embargo, la ley solo recoge que este caudal hereditario vaya a manos de los herederos forzosos.
Esto significa, que si no hay testamento, la herencia del causante irá destinada a las personas que la ley recoge y en el orden que así se estima. En este sentido, el Código Civil especifica que la herencia de una persona sin testamento se repartirá de esta manera:
- En primer lugar, a partes iguales en el caso de que haya descendientes (hijos, nietos…).
- A falta de estos, serán los ascendientes los que hereden (Padres, abuelos…).
- En tercer lugar, se dispone al cónyuge, si lo hubiera, como heredero.
- Por último y a falta de todos los anteriores, es el Estado quien dispondría de este caudal hereditario.
Por este motivo, a pesar de no ser obligatorio, es importante realizar un testamento. De este modo, podrás expresar tu voluntad acerca de cómo quieres que se realice el reparto de tus bienes y a qué personas deseas que se les adjudique. Además, este documento evita muchos conflictos familiares para cuando llegue el momento.
Cabe recordar, que el testamento es el acto mediante el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos. Por tanto, se pueden incluir en él todos los bienes o circunstancias importantes del testador y las personas a las que quiere que vaya dicho caudal hereditario.
La fórmula para incluir a un amigo en el testamento
Aunque hacer un testamento te da la oportunidad de pensar y meditar acerca de cómo quieres que se haga el reparto de tu herencia en un futuro, el testador no es del todo libre para este acto. Esto significa, que este documento te garantiza organizar la partición pero siempre respetando las limitaciones que establece la ley. Lo cual quiere decir, que no puedes elegir a cualquier persona o personas y dejar escrito que tus bienes, derechos u obligaciones sean para ellos.
El reparto de una herencia mediante testamento cuenta con 3 partes que debes respetar. En primer lugar, la legítima. Esta porción de la herencia está destinada a ser repartida a partes iguales entre los herederos forzosos. Dichos herederos seguirán el orden, para establecerse, que anteriormente hemos marcado. Esto quiere decir, que si una persona con hijos fallece, esta porción de la herencia se repartirá de igual modo entre todos ellos.
Por otra parte, está el tercio de mejora. Esta porción de la herencia está destinada a mejorar el porcentaje recibido de uno o varios de los herederos forzosos. Poniéndonos en el ejemplo anterior, fallece un padre con cuatro hijos: La legítima iría a partes iguales pero este tercio de mejora, podría ir solo para uno, para dos, dividido entre tres, o igualmente a partes iguales. Esto es decisión personal del testador.
El tercio de libre disposición
Por último, el testador dispone del tercio de libre disposición. Esta es la porción de la herencia de la que la persona dispone libremente para repartir cómo y con quien quiera. Por tanto, si una persona quisiera incluir a un amigo en su testamento, tendría que hacerlo incluyéndolo como beneficiario de esta parte de la herencia.
Pero, ¿Por qué la ley marca estas limitaciones? Esto es así, porque la ley protege a los herederos forzosos de posibles injusticia que de otro modo, se puedan cometer. No obstante, el testador también está protegido ante la ley porque, si uno de esos herederos forzosos no se merece tal ‘papel’, la ley también recoge los casos en los que se puede desheredar a una persona.