¿Cómo se paga la Seguridad Social de un trabajador?

La empresa es responsable del pago de las cotizaciones a la Seguridad Social de todos sus trabajadores

Cotizaciones a la Seguridad Social

Cotizaciones a la Seguridad Social

Los trabajadores afiliados al Régimen General de la Seguridad Social tienen la obligación de cotizar a la Seguridad Social. Así, el empresario paga una parte de la cotización del trabajador, fundamental para el funcionamiento del sistema.

En concreto, desde la Administración explican que la cotización es «la acción por la cual los sujetos obligados aportan recursos económicos al Sistema de la Seguridad Social en virtud de su inclusión en dicho Sistema, por el ejercicio de una actividad laboral».

Hay que tener en cuenta que la obligación de cotizar se inicia desde el momento del comienzo de la actividad laboral. Tal y cómo explican los profesionales del sistema español. Así, la mera solicitud de alta del trabajador ocasionará efecto idéntico en la obligación de cotizar.

En otro orden de cosas, desde la Seguridad Social argumentan que «la no presentación de la solicitud de afiliación/alta no impedirá el nacimiento de la obligación de cotizar desde el momento en que concurran los requisitos que determinen su inclusión en el Régimen que corresponda».

¿Cómo se paga a la Seguridad Social?

El empresario es el responsable del ingreso de la cotización propia a la Seguridad Social, pero también es responsable de la cotización de sus trabajadores. En este sentido, descontará del salario de sus trabajadores las cotizaciones que correspondan en el momento de su abono.

La Seguridad Social informa que las cuotas se ingresan por mensualidades, durante el mes siguiente a su devengo. Además, desde la Administración aclaran que el ingreso de las cuotas puede realizarse en cualquier entidad financiera autorizada para actuar como Oficina Recaudadora.

Entre las entidades financieras que reconoce la Administración se encuentran los Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito o Cajas Rurales.

En cuanto a los plazos de ingreso de las cotizaciones de un Trabajador, la Administración establece una normativa clara: «Por Resolución de 4 de diciembre de 2018 de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se establecen plazos especiales para el ingreso de las diferencias resultantes de la aplicación de la Orden TMS/1289/2018, de 29 de noviembre, por la que se fijan para el ejercicio 2018 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón. Estas diferencias, deberán ser ingresadas por las empresas en el mes de enero de 2019, en un único plazo».

Las cotizaciones a la Seguridad Social son un elemento fundamental en la actividad laboral de cualquier trabajador. Así, el sujeto responsable puede efectuar su liquidación de las compensaciones por las prestaciones económicas abonadas.

Además, si el abono de las cotizaciones se produce en el plazo establecido por el sistema español, podrían aplicarse las deducciones por reducciones o bonificaciones correspondientes.

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