La Seguridad Social cuenta con un servicio especial en el que ofrece la posibilidad a los ciudadanos de completar sus cotizaciones a título individual para tener derecho al 100% de la pensión de jubilación. De esta forma, el ciudadano paga una cuota mensual a la Seguridad Social para evitar lagunas de cotización. También es útil para mejorar las bases de cotización.
Actualmente, la Seguridad Social toma como referencia los últimos 25 años antes de la jubilación para calcular la cuantía de la pensión. Así, el Gobierno de España pretende aumentar de forma progresiva el periodo a los 30 años, sin contar los dos peores años de cotización.
Desde BBVA explican que «mediante un acuerdo voluntario con la Seguridad Social, los trabajadores podrán generar, mantener o ampliar el derecho a prestaciones a cambio de hacerse cargo personalmente de sus propias cotizaciones».
Concretamente, el Convenio Especial cubre las pensiones de incapacidad permanente, muerte y supervivencia, jubilación y servicios sociales. Gracias a estos acuerdos, los ciudadanos pueden alcanzar el 100% de la base reguladora en la pensión.
Cómo suscribir el acuerdo con Seguridad Social
No todos los ciudadanos tienen la posibilidad de participar en estos convenios con la Seguridad Social. Para ello, es preciso que se cumplan diferentes requisitos. Están pensados para personas que pasan al paro y se encuentran cercanas a la jubilación. De esta forma pueden seguir cotizando a la Seguridad Social para no ver penalizada su pensión.
En cualquier caso, el requisito indispensable para acogerse a este convenio de la Seguridad Social es acreditar un periodo mínimo de cotización de 1.080 días en los doce años anteriores a su baja en la Seguridad Social. Si cumple esta condición, tendrá la oportunidad de llegar a un acuerdo con este organismo.
Así, la persona que cierra el Convenio con la Seguridad Social, tiene la oportunidad de elegir entre diferentes bases de cotización:
- Base máxima del grupo de cotización que corresponda a la categoría profesional en la que estuviese dado de alta previamente.
- Base máxima por la que estuviera cotizando en los últimos doce meses antes de causar la baja en la Seguridad Social.
- Base de cotización a la que se aplica un coeficiente del 0.94.
- Base mínima de cotización vigente en ese momento.
Los profesionales de BBVA manifiestan que «la cuota se ingresa dentro del mes natural siguiente al que la misma cuota esté referida, salvo que el último régimen en el que se ha estado dado de alta sea el de autónomos, ingresándose la cuota dentro del mismo mes. Se efectuará en la entidad financiera colaboradora mediante el documento TC-1/50″.
¿Cuándo finaliza el Convenio?
Existen diferentes situaciones por las que puede finalizar el Convenio de cotización con la Seguridad Social. En este sentido, quedará suspendida en los periodos de actividad laboral del trabajador, mientras que se extinguirá si la persona causa alta en el mismo régimen de la Seguridad Social con el que ha suscrito el Convenio.
También finalizará el Convenio si el particular accede a la jubilación o comienza a recibir una pensión de incapacidad permanente, si deja de abonar las cuotas de cotización durante tres meses de forma consecutiva o si solicita la finalización del mismo ante la Seguridad Social.