Desde la Agencia Tributaria han realizado una importante aclaración en relación a la justificación e inclusión de las transferencias con Bizum en la Declaración de la Renta. Todo ello, de cara a la Campaña de la Renta 2023-2024, que arrancó el pasado 3 de abril de 2024.
Bizum se ha convertido en uno de los principales métodos de pago para muchas personas. Y es que permite realizar envíos y recibir dinero de manera instantánea, gracias a la conexión entre el número de teléfono móvil del usuario y su número de cuenta.
Transferencias con Bizum en la Declaración de la Renta
Por norma general, los ciudadanos en España realizan pagos con Bizum para los pagos cotidianos del día a día. Sin embargo, algunas pequeñas empresas también utilizan este método como método de pago.
Todos los ciudadanos deben tener en cuenta que todos sus movimientos bancarios se encuentran registrados. Así, si una persona acumula movimientos por Bizum superiores a 10.000 euros durante un año fiscal completo, tendrá la obligación de incluir estos movimientos realizados con Bizum en la correspondiente Declaración de la Renta.
Por el contrario, si las transferencias realizadas con Bizum no superan los 10.000 euros en cómputo anual, el ciudadano no tendrá la obligación de incluir estos movimientos en la Declaración de la Renta. En estos casos, Hacienda considera los pagos como movimientos habituales del día a día que no tienen fines lucrativos por parte del usuario.
En el caso de los trabajadores autónomos, si reciben pagos por Bizum asociados a su actividad profesional, el trabajador deberá actuar del mismo modo que si se trataran de transferencias. Así, dicho trabajador deberá presentar facturas en las declaraciones trimestrales y tributar en la declaración todos los ingresos recibidos por la actividad económica en cuestión.
Para este tipo de ciudadanos, es recomendable que tengan dos cuentas diferenciadas. Es decir, una cuenta personal y una cuenta profesional asociada a la actividad económica. En estos casos, será más sencillo detectar los ingresos profesionales recibidos a través de Bizum.
Otros pagos realizados con Bizum
Desde la propia plataforma determinan que «en el caso de que en el último ejercicio hayas realizado Bizum como herramienta de pago con tus clientes, debes declarar todos los ingresos por actividad económica a Hacienda, exactamente igual que con otro método de pago«.
Así, todos los ciudadanos deben tener claras las implicaciones de los pagos recibidos por Bizum durante el ejercicio fiscal de 2023. Los contribuyentes tienen la posibilidad de presentar la Declaración de la Renta desde el 3 de abril al 1 de julio de 2024.
Además, la aplicación Bizum también se utiliza como método para pagar otros elementos. Por ejemplo, muchos ciudadanos utilizan Bizum para pagar el alquiler de una vivienda. En este sentido, las personas que cobran el alquiler a través de Bizum, tendrán que declarar este hecho exactamente igual a como se declara cuando se recibe por transferencia bancaria.
Como conclusión, desde la plataforma Bizum indican lo siguiente: «Debes entender que Bizum es un sistema de pago ágil, sencillo y seguro entre particulares, respaldado por las entidades bancarias que operan en España. Por eso forma parte del día a día de casi todos. Pero también, gracias a esto, la declaración de movimientos es mucho más sencilla, ya que queda todo registrado».