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¿Cómo dar de alta a una persona empleada del hogar en la TGSS?

Si se desea contratar a una persona empleada del hogar, se deberá dar de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social. Te explicamos cómo hacerlo.

Dar de alta a una persona en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General de la Tesorería de la Seguridad Social es un proceso bastante sencillo que se puede realizar de dos formas. O bien a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, sin necesidad de tener que desplazarse hasta una oficina física, o bien en una visita a la oficina de la TGSS con la documentación necesaria. No obstante, esta segunda opción, por el momento, se encuentra inactiva debido a la pandemia por la COVID-19. Se ha sustituido por un método alternativo para aquellas personas que no tengan disponible el certificado digital.

Pero, ¿cómo se realizan estos procesos para dar de alta a una persona empleada del hogar? A continuación te explicamos cómo puedes hacerlo paso a paso.

A través de la Sede Electrónica de la TGSS

Para poder acceder a este trámite será necesario disponer de certificado digital, usuario y contraseña o estar dado de alta en la plataforma cl@ve. Las personas que estén autorizadas RED también podrán acceder a estos servicios a través del Sistema RED de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Para poder tramitar el alta de la persona empleada del hogar se debe cumplimentar lo siguiente:

Con estos datos podrás dar de alta correctamente a la persona empleada del hogar en la TGSS.

De forma presencial en una oficina

A pesar de que esta opción actualmente no está en uso, habitualmente se puede acudir a una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social para realizar el trámite. Para ello, se deben aportar los siguientes documentos:

Además, si es la primera vez que se está contratando a un empleado del hogar, se debe presentar el Modelo TA.6-0138 HOGAR. Igualmente, en caso de que el trabajador no disponga de un número de afiliación a la Seguridad Social, será necesario gestionarlo.

Debido al cierre de la oficina, se deben realizar estos trámites a través del formulario correspondiente.

¿Cuándo debo dar de alta al empleado en la Tesorería General de la Seguridad Social?

El alta debe ser tramitada antes del inicio de la actividad laboral, con una antelación máxima de 60 días. Es responsabilidad del empleador, al igual que los trámites de cotización. Eso sí, existe una excepción. Los empleados del hogar que trabajen menos de 60 horas al mes por empleador pueden realizar los trámites, siempre que se haya acordado previamente. En este caso el el empleado quien asume el ingreso de las cuotas.

No hay que olvidar que también es necesario realizar la actualización de la variación a la Tesorería General de la Seguridad Social sobre la persona empleada del hogar antes del día 31 de marzo. En caso de no haber realizado esta actualización ante la TGSS antes del 1 de abril de 2021, el empleador podrá someterse a inspecciones de comprobación por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Estas inspecciones podrían llevar sanciones asociadas.

Para poder atender a todas las consultas, desde la Tesorería General de la Seguridad Social han incorporado un asistente virtual, ISSA, para poder responder a todas las preguntas. Está disponible tanto en la web como en la sede electrónica.

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