Para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación es obligatorio haber cotizado, como mínimo, 15 años a la Seguridad Social. Si bien, a los ciudadanos les interesa cotizar todo lo posible para contar con una cuantía de pensión contributiva decente en el momento de su jubilación. En 2022, es necesario haber cotizado como mínimo 36 años para acceder al 100% de la base reguladora.
Actualmente, en 2022, la Seguridad Social tiene en cuenta los últimos 25 años de cotización para calcular la cuantía a percibir en la pensión contributiva de jubilación. De esta forma, las personas que no han cotizado en los últimos años antes de la jubilación pueden ver afectado el importe de su pensión.
En este sentido, es necesario aclarar que el Gobierno de España se encuentra negociando con los agentes sociales para ampliar el periodo de cálculo de la pensión contributiva. Desde el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones proponen una ampliación a los últimos 30 años antes de la jubilación, descartando los dos peores años de cotización. Sin embargo, los sindicatos no se muestran muy afín a esta proposición.
Pensión y ‘doctrina del paréntesis’
La crisis económica del año 2008 provocó que muchas personas de avanzada edad pasaran a una situación de desempleo, con dificultades para reincorporarse al mercado de trabajo. Este hecho también tuvo efectos negativos en la cuantía de la pensión contributiva de jubilación, debido a la falta de cotización a la Seguridad Social durante los últimos años de etapa laboral.
Además, también es posible que otras circunstancias personales o sociales provoquen problemas a la hora de cotizar durante los últimos años antes de acceder a la jubilación. Ante ello, los ciudadanos pueden acogerse a la denominada ‘doctrina del paréntesis’ que ofrece una importante ayuda para la pensión contributiva de jubilación a las personas que no han cotizado en los últimos años a la Seguridad Social.
Esta ‘doctrina del paréntesis’ se ha utilizado de forma recurrente por la jurisprudencia, especialmente en casos de trabajadores a los que se les ha rechazado el derecho a una pensión contributiva de jubilación por parte de la Seguridad Social debido a falta de cotización. Para ello, es necesario que el trabajador demuestre que la falta de cotización necesaria se ha producido por causas ajenas a su voluntad.
Convenios con la Seguridad Social
Por otra parte, la Seguridad Social también establece una serie de Convenios Especiales que permite a los ciudadanos cotizar de forma particular a la Seguridad Social durante los últimos años antes de la jubilación. Incluso sin estar trabajando.
Es decir, a través de este Convenio Especial, el ciudadano puede completar las cotizaciones necesarias para la pensión de jubilación. Así, el trabajador dispone de 90 días siguientes al cese laboral para suscribir el convenio con la Seguridad Social o de un año desde el cese o situación que pueda dar origen al convenio.
Se trata de una alternativa interesante para personas que se ven abocadas al paro y desean completar las cotizaciones para su futura pensión de jubilación. Además, también es adecuado estudiar la posibilidad de cobrar el subsidio para mayores de 52 años, que permite seguir cotizando a la Seguridad Social durante su percepción.