La pensión de incapacidad permanente total inhabilita al trabajador para ejercer su profesión habitual, aunque la pensión es compatible con el desarrollo de otra actividad laboral que no entre en conflicto con el grado de incapacidad reconocido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La incapacidad total es un grado de invalidez que permite una importante compatibilidad en el ámbito laboral.
Así, es importante destacar que la cuantía de las pensiones de incapacidad permanente total han aumentado un 8,5% en 2023, con respecto a las cuantías del año anterior. Esto se debe a la revalorización de las pensiones contributivas en función del IPC, como consecuencia de la alta inflación de precios registrada en España en 2022.
Las pensiones de incapacidad permanente total pueden derivar de accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad común o enfermedad profesional. El hecho causante juega un papel esencial a la hora de calcular la cuantía de la pensión de incapacidad total que corresponde a cada persona.
Cálculo incapacidad permanente total
Por norma general, la incapacidad permanente total implica la percepción de una pensión del 55% de la base reguladora. No obstante, este porcentaje puede llegar al 75% en caso de que la personas beneficiaria tenga, al menos, 55 años y se encuentre en una situación de desempleo. Cuando se recibe un 75% de la base reguladora, se denomina pensión de incapacidad permanente total cualificada.
Como hemos comentado anteriormente, el cálculo de la base reguladora de la pensión de incapacidad permanente total depende, entre otros factores, del hecho causante y la edad del ciudadano. En el caso de la incapacidad total derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional, es necesario dividir entre 12 la suma de los siguientes elementos:
- El resultado de multiplicar por 365 el salario diario.
- Pluses o pagas extras recibidos en importe anual en el año anterior al hecho causante.
Finalmente, la cifra obtenida en el punto anterior se debe dividir entre el número de días laborales efectivamente trabajados en ese año. Posteriormente, es necesario multiplicar el resultado por 273.
Enfermedad común y accidente no laboral
Si el hecho causante de la incapacidad permanente total es una accidente no laboral, es necesario dividir entre 28 la suma de las bases de cotización de un ciclo de 24 meses consecutivos comprendidos en los siete años anteriores a la fecha del hecho causante. Este método se aplica para las personas en alta o situación asimilada de alta en la Seguridad Social.
En caso de que la contingencia sea una enfermedad común, también es preciso tener en cuenta la edad del trabajador a la hora de calcular la base reguladora de la pensión de incapacidad permanente total.
Para ciudadanos con 52 años o más, la normativa establece que se debe dividir entre 112 la suma de las bases de cotización de 96 meses previos al mes anterior del hecho causante. Por su parte, para personas con menos de 52 años, los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ aclaran que «hay que dividir la suma de tantas bases como sean requeridas para el acceso a la pensión entre el número de ellas multiplicado por 1,1666».