A la hora de hacer la declaración de la renta, las personas con discapacidad deben de tener en cuenta que deben de acreditar su grado de discapacidad para poder acceder a una serie de beneficios relacionados con el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) que va dirigido para este colectivo.
Desde el BBVA señalan que la «declaración de la renta o del IRPF es un trámite anual que tienen la obligación de realizar los residentes en España para regularizar su situación con la Agencia Tributaria. Sin embargo, no todas las personas tienen que hacerla, ya que depende de las rentas que se hayan obtenido a lo largo del año. Dado que las infracciones tributarias conllevan multas que pueden ser importantes, conocer cuándo y en qué casos es obligatorio presentar la declaración es fundamental para evitar gastos imprevistos que puedan afectar en el futuro a nuestra salud financiera».
La web de la Agencia Tributaria recoge que a efectos del IRPF son personas con discapacidad las que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%
Acreditación del grado de discapacidad en la Renta
A la hora de hacer la declaración de la renta, las personas con discapacidad deben de tener en cuenta que se tiene que acreditar el grado de discapacidad, la necesidad de ayuda de terceras personas o la movilidad reducida con un certificado emitido por el propio Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o por el órgano competente de cada Comunidad Autónoma.
No obstante, se considera que tienes acreditado un grado de discapacidad:
- Igual o superior al 33% si:
- Percibes una pensión de la Seguridad Social por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
- Percibes una pensión de clases pasivas de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
- Igual o superior al 65% si tu incapacidad ha sido declarada judicialmente en el orden civil, aunque no alcances dicho grado. Tras la reforma del Código Civil la incapacitación judicial se extiende a las resoluciones judiciales del orden civil que establezcan la curatela representativa de las personas con discapacidad.
No obstante, en aquellos casos en que sus circunstancias específicas lo justifiquen, podrá acreditar la condición de persona con discapacidad por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
Fechas claves para la Declaración de la Renta 2024
A la hora de hacer la Declaración de la Renta del ejercicio 2023, las personas deben de tener en cuenta varias fechas que son señaladas como importantes por parte de la Agencia Tributaria. En este sentido, se suele marcar el inicio de la presentación de la renta por Internet como punto de partida.
Por lo tanto, debemos de tener cuenta estas fechas para confeccionar la declaración de Renta y Patrimonio 2023:
- 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023.
- 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2023 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio).
- 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2023 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio).
Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, concierte previamente cita, por Internet o llamando a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.