En circunstancias normales, la legislación de España permite al trabajador autónomo recibir una prestación denominada cese de actividad en caso de que el trabajador se encuentre en situación de desempleo. Sin embargo, acceder a ello se hace ciertamente complicado; aunque durante la pandemia del Covid-19 se han implantado nuevas ayudas para este colectivo con carácter temporal.
Así, los trabajadores autónomos del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) o Régimen del Mar pueden cotizar a la Seguridad Social para recibir una determinada protección en caso de desempleo. Si bien, la cotización para poder tener derecho a esta opción es una decisión del propio trabajador.
Casos que permiten la prestación por cese de actividad al trabajador autónomo
El trabajador autónomo podrá acceder a este prestación por desempleo de carácter especial en caso de cese de la actividad total o temporal; en cuanto a la actividad laboral que generó el alta en el Régimen correspondiente.
Así, en el momento que el autónomo entre en situación de cese de actividad se le reconocerá una prestación económica a modo de subsidio por desempleo y el correspondiente abono de cotización a la Seguridad Social fijado por el trabajador autónomo.
Además, esta prestación por cese de actividad también incluye al trabajador autónomo de forma automática en una serie de medidas de formación, orientación profesional y promoción de la actividad.
Requisitos para obtener la prestación
Sin embargo, los autónomos deben hacer frente a férreos requisitos para poder acceder a una prestación económica por cese de actividad. En este sentido, los trabajadores de este colectivo reclaman mayores facilidades de acceso a esta prestación. Entre los requisitos fijados en circunstancias normales encontramos:
1. El trabajador autónomo debe estar dado de alta y afiliado en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
2. Contar con un periodo previo mínimo de cotización por cese de actividad de al menos 12 meses.
3. Deberá encontrarse en situación legal de cese de actividad.
4. Suscribir el compromiso de actividad. Además también será necesario acreditar disponibilidad para la reincorporación inmediata al mercado laboral.
5. No tener la edad ordinaria legal para acceder a una pensión de jubilación.
6. Encontrarse al día en cuanto al pago de las cuotas como trabajador autónomo a la Seguridad Social.
7. En caso de que el trabajador autónomo tenga empleados a su cargo, también tendrá que cumplir con sus obligaciones laborales para/con ellos.
Situaciones legales de cese de actividad
Así, muchos autónomos de España tienen dudas sobre cuáles pueden ser situaciones consideradas como cese de actividad para poder acceder a esta prestación económica de carácter especial. Principalmente, el trabajador debe encontrarse en esta situación por causas ajenas a su voluntad y en los siguientes supuestos que planteamos a continuación:
Pueden ocurrir pérdidas anuales al 10% en relación a los ingresos obtenidos al año anterior. Así, como ejecuciones judiciales o administrativas tendentes al cobro de las deudas reconocidas, que comporten al menos el 30% de los ingresos del ejercicio económico inmediatamente anterior.
Además, puede darse la situación de cese de actividad por fuerza mayor, debido a la finalización definitiva de la actividad económica o profesional del trabajador autónoma.
Otra situación común podría ser la pérdida de la licencia administrativa, siempre que la misma suponga una condición para la realización del ejercicio de la actividad económica o profesional y no venga derivada por la comisión de infracciones penales.
Además, el cese de actividad como trabajador autónomo también puede ocurrir en los casos en los que la trabajadora en cuestión sea víctima de violencia de género.
Por último, también puede generarse esta situación en caso de divorcio o separación matrimonial. Eso sí, en los supuestos en que el trabajador autónomo ejerciera funciones de ayuda familiar en el negocio de su excónyuge o de la persona de la que se ha separado.