Cobro el subsidio de mayor de 52 años, ¿qué otras ayudas puedo solicitar?

Los beneficiarios de este subsidio pueden compatibilizar esta prestación con otras dos ayudas públicas, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la Administración

Cobro el subsidio de mayor de 52 años, qué otras ayudas puedo solicitar

Subsidio para mayores de 52 años compatible con otras ayudas

La situación de desempleo nunca es una buena noticia, y muchos menos si ya se tiene una edad avanzada. De este modo, para que las personas afectadas por la escasez laboral, el Servicio de Empleo Estatal -SEPE- ofrece un subsidio para mayores de 52 años, con el objetivo de generar un ingreso que alivie, en la medida de lo posible su precaria realidad y evite llegar al extremo de la vulnerabilidad económica.

La cuantía a la que asciende este subsidio para mayores de 52 años es de 480 euros mensuales, y podrán beneficiarse hasta alcanzar la edad legal de jubilación. Además, este colectivo puede recibir la ayuda del Estado y compaginarla con un empleo, a tiempo parcial o completo, siempre que reúnan unas condiciones establecidas por la Administración.

No obstante, con el objetivo de favorecer las condiciones de aquellos colectivos con escasez de recursos, si los beneficiarios de este subsidio para mayores de 52 años continúan en situación de desempleo y sus ingresos son insuficientes, pueden compatibilizar esta prestación con otras dos ayudas públicas.

Ayudas compatibles

Con el objetivo de ayudar en la recuperación económica a personas mayores de 52 años que se encuentran en situación de desempleo, el subsidio destinado para este colectivo puede ser compatible con otras ayudas de carácter público y que podrán ser legalmente solicitadas por quienes la necesiten, siempre que se ajusten a las condiciones establecidas por las instituciones competentes.

Las ayudas complementarias al subsidio para mayores de 52 años, por tanto, son dos  prestaciones no contributivas: las Rentas Mínimas de Inserción, que tienen carácter autonómico, es decir, depende de la comunidad donde resida el demandante,  y el Ingreso Mínimo Vital, establecido por el Estado.

Así mismo, cada una de las ayudas presenta un determinado proceso de solicitud y unos requisitos establecidos por cada organismo. Por ello, es imprescindible que los solicitantes del subsidio para mayores de 52 años tengan la edad pertinente y hayan cotizado, como mínimo, 15 años en cualquier régimen de la Seguridad Social.

Renta Mínima de Inserción

La RMI es una de las retribuciones que se puede compatibilizar a la vez que se cobra el subsidio para mayores de 52 años. Esta pensión es gestionada por cada Comunidad Autónoma, a través de su Consejería de Servicios Sociales. De esta manera, a pesar de que ya existen requisitos comunes para todas, cada autonomía establece otros propios.

La novedad de esta ayuda es que no hay una cuantía fija, sino que la determinan las autoridades de los gobiernos regionales. La única condición que se propone para el cobro de esta prestación, es que la cuantía va relacionada con los ingresos del solicitante.

Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital se trata de una prestación económica, otorgada por el Gobierno de la Nación, que se puede solicitar en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Como requisito para el cobro del SMV, el posible beneficiario no debe superar el límite de ingresos económicos mensuales, que puede ser modificado de acuerdo a la cantidad de integrantes de la unidad familiar.

De esta manera, se deduce la cantidad a recibir por cada persona del IMV no es fija, sino que depende de los ingresos y el patrimonio del solicitante. De hecho, en el año 2023, la cuantía de esta pensión oscilaba entre los 565 euros para una persona sola, y los 1.198 euros, si la unidad familiar cumple alguno de los siguientes escenarios: por un adulto y cuatro o más menores, dos adultos y tres o más menores, tres adultos y dos o más menores, o cuatro adultos y un menor.

 

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