La pensión en favor de familiares es una de las pensiones contributivas de la Seguridad Social. Sin embargo, es probable que sea la prestación más desconocida de todas las que forman parte del sistema de pensiones español.
En concreto, la pensión en favor de familiares es una prestación económica destinada a los familiares que han convivido y dependido económicamente de la persona fallecida. Para tener derecho a esta pensión es obligatorio cumplir con una serie de requisitos básicos.
Requisitos para cobrar la pensión en favor de familiares en 2025
Para generar el derecho a una pensión en favor de familiares, la persona fallecida debe haber cumplido un periodo mínimo de cotización. Este requisito de cotización varía en función de la situación laboral de la persona fallecida y de la causa de la muerte:
- Si el fallecido se encontraba en situación de alta o asimilada de alta en la Seguridad Social, debe haber cotizado un mínimo de 500 días en un periodo ininterrumpido de cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento. También será válido en caso de haber cotizado 15 años a lo largo de toda la vida laboral.
- Situación de no alta: Debe acreditar un mínimo de 15 años de cotización a lo largo de su vida laboral.
- Pensionistas: No se exige ningún periodo de cotización.
Cuando el fallecimiento del causante se produce como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, no es necesario el cumplimiento de ningún requisito de cotización para generar el derecho a una pensión en favor de familiares; independientemente de la situación en la que se encontrara el fallecido.
Según se recoge en la normativa actual de la Seguridad Social, estos son los familiares que pueden tener derecho a cobrar una pensión en favor de familiares en 2025:
- Nietos y hermanos.
- Madres y abuelas.
- Padres y abuelos.
- Hijos y hermanos de pensionistas de jubilación o incapacidad permanente.
Para ello, es obligatorio que los familiares hayan convivido y dependido económicamente del causante con una antelación mínima de dos años con respecto a la fecha del fallecimiento. Además, la persona beneficiaria no puede tener derecho a una pensión contributiva de otro tipo.
Cuantía de la pensión en favor de familiares en 2025
La cuantía de la pensión en favor de familiares se calcula aplicando un 20% a la correspondiente base reguladora de la persona fallecida. Dicha base reguladora puede variar en función de la situación laboral en la fecha del fallecimiento y de la causa de la muerte.
Además, desde la Seguridad Social aclaran que «si no hay cónyuge sobreviviente, ni hijos con derecho a pensión, la cuantía de la pensión en favor de familiares se incrementará con el 52% correspondiente a la viudedad según orden de preferencia y con el límite del 100% de la base reguladora».
Al tratarse de una pensión contributiva, la cuantía de la pensión en favor de familiares también se actualiza cada año en función del IPC del ejercicio anterior. Así, en 2025, el importe de las pensiones en favor de familiares se ha revalorizado en un 2,8%.
Adicionalmente, el Gobierno de España ha establecido una revalorización del 6% en las cuantías de las pensiones mínimas contributivas. Por ello, así quedan las cuantías mínimas de las pensiones en favor de familiares en 2025:
CUANTÍAS MENSUALES | CUANTÍAS ANUALES | |
---|---|---|
Por beneficiario | 267,50 | 3.745,00 |
Si no existe viuda ni huérfano pensionistas | ||
Un solo beneficiario con 65 años | 646,00 | 9.044,00 |
Un solo beneficiario menor de 65 años | 608,80 | 8.523,20 |
Varios beneficiarios (N) | 267,50 + 395,00 / N | 3.745,00 + 5.530,00 / N |
En este sentido, la cuantía mínima de la pensión en favor de familiares puede variar en función de varios factores, como la edad de la persona beneficiaria. Además, también puede variar en caso de que existan varios beneficiarios.