Las personas que pasan a una situación de desempleo, pueden tener derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal). Para ello, es necesario que se cumplan una serie de requisitos básicos.
El requisito indispensable consiste en «haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar», tal y como recoge la normativa del SEPE.
En este sentido, muchos ciudadanos tienen dudas sobre la cantidad que le corresponde cobrar por la prestación contributiva por desempleo, así como la duración de percepción de la prestación.
CUANTÍA MÁXIMA DEL PARO
Desde el SEPE explican que «la cuantía de la prestación contributiva depende de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales, durante los 180 últimos días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias».
Así, la cuantía máxima que se puede percibir mensualmente por la prestación contributiva del paro es de 1.575 euros. Es decir, caso 1.600 euros al mes. Para tener derecho a esta cuantía máxima, el ciudadano debe cumplir con ciertos requisitos claves.
El importe a percibir por una prestación contributiva por desempleo no va a ser igual para una persona que cobraba 2.000 euros al mes, que para una persona que percibía un salario de 1.200 euros al mes. Este es un factor fundamental.
Desde el SEPE explican que para tener derecho a cobrar la cuantía máxima de la prestación del paro es obligatorio cumplir los siguientes requisitos:
- Haber tenido una base de cotización de, al menos, 2.170 euros al mes.
- Tener, al menos, dos hijos.
- Estar en situación de desempleo.
- Haber cotizado a la Seguridad Social como mínimo 360 días.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante todo el periodo de percepción de la prestación.
- Suscribir el compromiso de actividad.
La cuantía calculada para la prestación contributiva por desempleo del SEPE no puede ser superior al tope máximo ni inferior al mínimo establecido. Dichos topes dependen de si el ciudadano tiene o no hijos a cargo.
Al respecto, desde el SEPE aclaran que «se consideran hijos o hijas a cargo si son menores de 26 años o son mayores con discapacidad o las personas menores acogidas, si conviven o dependen económicamente de ti y no tienen rentas mensuales superiores al salario mínimo interprofesional».
OTRAS AYUDAS DEL SEPE
Las personas que dejan de cobrar la prestación contributiva del paro pueden acceder a diferentes subsidios por desempleo gestionados por el SEPE. Además, también existe un subsidio específico para las personas que no han cotizado lo suficiente para tener derecho a percibir la prestación del paro, como es el subsidio por cotización insuficiente.
Todos los subsidios por desempleo tienen un importe mensual equivalente al 80% del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples) vigente. En 2023, la cuantía mensual es de 480 euros.
Existen diferentes vías para solicitar la prestación contributiva por desempleo y los diferentes subsidios por desempleo del SEPE: Sede Electrónica del SEPE, por correo administrativo, oficina de prestaciones o cualquier oficina de registro público.
Respecto a la prestación contributiva del paro, desde el SEPE indican que «la solicitud deberás presentarla en el plazo de los quince días hábiles siguientes al último día trabajado, al retorno del extranjero o a la excarcelación».